El Gobierno, a través del Ministerio de Economía y Hacienda, ha rechazado la petición de la alcaldesa de Alicante, consistente en que se permitiera a los Ayuntamientos, con carácter excepcional, destinar ingresos obtenidos por la venta de suelo público a costear gasto corriente, especialmente servicios públicos.

La solicitud de Sonia Castedo fue formulada a mediados del pasado mes de junio mediante un escrito de la primera edil a la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Hacienda, Elena Salgado. La negativa, también por escrito, ha sido comunicada al Ayuntamiento mediante una notificación suscrita por el secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña.

El rechazo a la petición de Sonia Castedo la justifica Carlos Ocaña en tres fundamentos. El primero, y más importante, es que la propia ley lo impide. Así, el secretario de Estado subraya que el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de 5 de marzo de 2004, dispone en su artículo 5 que "los ingresos procedentes de la enajenación o gravamen de bienes y derechos que tengan la consideración de patrimoniales no podrán destinarse a la financiación de gastos corrientes". La única excepción que contempla la ley es cuando se trate de "parcelas sobrantes de vías públicas no edificables o de efectos no utilizables en servicios municipales o provinciales". Este tipo de parcelas, por tanto, carece prácticamente de valor.

En su escrito, el secretario de estado señala que el sentido de esta prohibición legal es el de "evitar un sobredimensionamiento del gasto corriente, que se podría terminar consolidando, como consecuencia de un incremento coyuntural de los ingresos de las Entidades locales, característica que concurre en los de naturaleza patrimonial".

Una segunda razón por la que se deniega la solicitud de la alcaldesa es que "la legislación actual impide la financiación de gastos corrientes con ingresos procedentes de operaciones de capital para evitar que se financie con ingresos extraordinarios gastos habituales, periódicos y repetitivos correspondientes al funcionamiento de las Entidades locales".

Finalmente, la tercera razón para rechazar la formulación de Castedo es que la misma "podría suponer una elusión de los compromisos adoptados en el acuerdo-marco con las Corporaciones Locales de Sostenibilidad de las Finanzas Públicas 2010-2013".

Por todo ello, el secretario de Estado de Hacienda concluye su escrito resolviendo que "no resulta procedente, aunque sea con carácter excepcional y transitorio, modificar la Ley Reguladora de las Haciendas Locales con el objeto de permitir que se financien gastos corrientes con ingresos procedentes de elementos patrimoniales".

Castedo justificó su petición advirtiendo que la crisis y los recortes del Gobierno habían llevado a una "situación límite" a los servicios públicos, tales como el transporte, la recogida de basuras, la limpieza y las ayudas sociales a familias necesitadas.