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l Tribunal Supremo ha abierto la vía para que anulen las condenas a rumanos por inmigración ilegal, según una sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El alto tribunal ha anulado la condena impuesta por la Audiencia Provincial a los responsables de un club de alterne de Dénia acusados de traer mujeres de ese país para ejercer la prostitución. El fallo se basa en que el tráfico de personas de Rumanía y Bulgaria ya no es delito tras la incorporación de estos países en la Unión Europea.

La Fiscalía adoptó el criterio de dejar de acusar por inmigración ilegal para estos supuestos y la propia Audiencia había empezado a absolver por este motivo. Sin embargo, hay sentencias que sí habían condenado a los procesados. En este caso, la Sección Segunda de la Audiencia había impuesto cinco años de prisión a los responsables del citado club por inmigración ilegal. Los dos procesados fueron acusados también de haber secuestrado a las víctimas y haberlas violado para someter su voluntad. Sin embargo, quedaron absueltos de estos dos delitos cuando la Audiencia dictó sentencia, por falta de pruebas. En muchos de estos casos, los magistrados se encuentran con que las víctimas que denunciaron los hechos ya no están localizables, o que éstas incurren en numerosas contradicciones cuando se celebra el juicio. Tras el fallo del Supremo por este caso han quedado absueltos de todos los cargos. Todas las condenas que se hayan impuesto por este delito serán anuladas.

Desde que se estableció el criterio de no acusar por inmigración ilegal, desde la Fiscalía se incidió en que los acusados por estos delitos también se enfrentan a otros cargos, como extorsión, agresión sexual y otros de extrema gravedad, con lo que tenían una condena asegurada. El criterio fue adoptado tras la junta de fiscales.