E l Ayuntamiento deberá realojar a un inquilino que fue desalojado por decreto del alcalde, Luis Díaz Alperi, de fecha 19 de diciembre de 2001, del edificio de la Rambla número 29, para destinarlo a Casa de la Festa. Así lo ha resuelto el Tribunal Supremo, en sentencias firme, al no admitir el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento

El Tribunal Supremo, en sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo

La anulación del decreto municipal obliga, por tanto, al realojo de esta inquilina, pero también, con casi total seguridad, de otros dos inquilinos desahuciados por el decreto municipal anulado, ya que todo

El realojo es posible ya que los inquilinos tenían sus viviendas en la parte alta del edificio de Rambla 29, que no ha sido afectado por las obras de la Casa de la Festa. Ahora se deberá pedir la ejecución de sentencia para este realojo aunque al Ayuntamiento

Se da la circunstancia de que el abogado que ha llevado el caso de los tres inquilinos desahuciados por el Ayuntamiento