La Generalitat ha resuelto la concesión de subvenciones de carácter excepcional para las 70 trabajadoras afectadas por el denominado síndrome Ardystil, tal y como recoge el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) que este lunes ha comenzado a publicar el otorgamiento de las primeras ayudas. La cuantía máxima a subvencionar se estima en un máximo de 18.000 euros por persona.

El jefe del Ejecutivo valenciano, Ximo Puig, ha señalado que con estas ayudas "se cumple con el compromiso de la Generalitat de hace muchos años" y "se hace justicia con las personas trabajadoras, algunas de las cuales fallecieron y otras quedaron afectadas para toda la vida".

Así, el president de la Generalitat ha mostrado su "satisfacción porque hoy se empieza a hacer justicia" después de décadas en las que no se atendieron las promesas realizadas, y se trata de atender las necesidades de estas personas y de "mostrar nuestro respaldo a quienes han sufrido mucho", ha declarado.

Así, el jefe del Ejecutivo valenciano, ha precisado que con estas ayudas, que en su caso recibirán ahora los herederos legales, se lleva a cabo una "reparación histórica de un accidente laboral de la década de los 90" que no tenía "una solución definitiva".

Reparación de los perjuicios ocasionados

A principios del mes de marzo pasado, el president de la Generalitat se reunió con afectadas del síndrome Ardystil, a las que trasladó su compromiso de que se les resarciría por el daño que sufrieron. Días después, el Pleno del Consell aprobó una dotación económica de 500.000 euros para atender el importe global de las ayudas, en concepto de reparación por los perjuicios ocasionados, a las personas afectadas por el denominado síndrome Ardystil.

Entre febrero y abril de 1992 algunas personas trabajadoras de determinadas industrias de estampación textil del área de salud de Alcoy presentaron síntomas de graves enfermedades respiratorias (neumopatía intersticial difusa, bronquitis obliterante, etc.). El cuadro patológico se denominó síndrome Ardystil, nombre de la empresa en la que aparecieron los primeros casos.

Mediante sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 25 de abril de 2005, se resolvió el recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante de 30 de junio de 2003, donde quedaron determinadas definitivamente las responsabilidades y los afectados por los hechos señalados.