En la primera mitad de 2018 la Oficina Municipal de Información al Consumidor de Alcoy, OMIC, ha recogido 416 solicitudes de consumidores, de momento se han resuelto 166 lo que supone el 40%, y la recuperación mediante la mediación de 15.351 euros para los usuarios.

En cuanto a los sectores más demandados destaca telecomunicaciones con 234 reclamaciones y 1 queja, supone el 56,6%, gas; 41 reclamaciones el 10%, electricidad; 30 reclamaciones el 7%, otros servicios 22 reclamaciones y 2 quejas el 12%, bienes de consumo (vehículos, textil, calzado, electrodomésticos, juguetes, etc.) 38 expedientes el 9% y otros sectores, hasta llegar al 100%.

Los motivos más reclamados son el incumplimiento de las condiciones de venta, mala prestación del servicio, incumplimiento de la garantía, baja del servicio, fraudes diversos y disconformidad con la facturación.

Según Maria Baca, concejala de Consumo, «desde los servicios del ayuntamiento continuamos trabajando para defender los derechos de los consumidores, actuando e intermediando ante aquellos casos que hayan podido suponer un perjuicio para los alcoyanos. Nuestro objetivo es denunciar estas situaciones y recuperar tanto como sea posible de aquello que hayan perdido nuestros consumidores. Para lo cual, el ayuntamiento dispone de un equipo técnico especializado en estas cuestiones haciendo una gran labor velando por los intereses de los ciudadanos».

Comparando los datos con el mismo periodo del año pasado, hay que destacar el incremento de expedientes registrados, 416 en 2018 por 244 en 2017, un 70,5% más de expedientes, recuperando 15.351 euros este año, un 112% más que el pasado año, 7.236 euros. También hay que destacar que este año se han resuelto más expedientes 166 el 40% del total, mientras que el año pasado habían resuelto 86, el 35,24%. Actualmente están en trámite 249, 59%, en 2017 estaban 130, el 53,27%. Finalmente resaltar que este año se han archivado o desestimado tan sólo 8, un 1%, por 28, un 11% en 2017.

También hay que indicar que de los 416 expedientes, 401 han sido reclamaciones, 13 quejas y 2 denuncias y son conceptos que no se tiene que confundir. Resaltar que suele haber más denuncias, pero se suelen clasificar como reclamaciones si hay una pretensión económica y existen posibilidades de recuperar dinero por parte del consumidor.

DIFERENCIAS ENTRE RECLAMACIÓN, QUEJA Y DENUNCIA

Una reclamación es una petición escrita del consumidor para poner en conocimiento de la empresa o profesional y de los servicios de consumo locales, unos hechos que han afectado al funcionamiento normal de la relación de consumo (no te dan factura, no cumplen el prometido en el contrato, han hecho mal una reparación, etc.) en la cual solicitas la reparación de un daño, la devolución del dinero o la anulación de una prestación, etc.

Una queja se realiza para expresar el descontento con una situación o un producto comprado o no, o un servicio prestado. A pesar de que no hay un incumplimiento de la ley, las expectativas sobre algo por el que se ha pagado (o no) no se han cumplido. En este caso, aunque la empresa no haya incumplido la ley (no hay una infracción administrativa), se espera que mejoro la atención de la empresa.

Una denuncia de consumo (no confundir con una denuncia a la Policía, que tendrá su causa en un delito -Derecho Penalti y no Civil, como es el Consumo) es la petición que se hace a la Administración o un colegio profesional, para darles a conocer unos hechos que crees que pueden ser constitutivos de infracción administrativa, con el fin de que investiguen y actúen de oficio para corregir la conducta infractora y, de este modo, defiendan los intereses generales de las personas consumidoras.

CASO ESPECIAL CIERRE FRANQUICIA IMPLANTOLOGÍA DENTAL

Un aspecto a destacar este semestre es el cierre de una franquicia de clínicas de implantología dental, dejando a muchos usuarios afectados por tratamientos muy costosos que no se han finalizado o que en muchos casos, ni siquiera se han llegado a prestar.

Algunos de los tratamientos han sido vinculados a un contrato de crédito (aplazamiento del pago con intereses), otros lo han pagado al contado; las circunstancias son muy diversas.

En estos momentos, la OMIC y los organismos competentes en materia de Consumo de la Comunidad Valenciana están orientando a los afectados, hasta que haya más novedades sobre el tema, básicamente de la siguiente manera:

• En aquellos casos que los clientes hayan financiado su tratamiento, realizarán un requerimiento a la entidad financiera del crédito para que suspenda el cobro de las cuotas pendientes, y la liquidación del contrato de préstamos al consumo.

• En los casos que los clientes hayan abonado al contado el tratamiento, únicamente pueden acudir a la vía judicial contra la empresa.