Una sentencia emitida por el Juzgado Contencioso-Administrativo número cuatro de Alicante concluye que la colocación el pasado 14 de abril de una bandera republicana en la fachada del Ayuntamiento de Muro infringió el ordenamiento jurídico.

El pasado 14 de abril, coincidiendo con el aniversario de la proclamación, fue colocada en uno de los balcones del Ayuntamiento de Muro una bandera de la II República Española. El Consistorio está gobernado en coalición por Compromís y EU, y en el momento de los hechos ejercía como alcalde Francesc Valls, perteneciente a la segunda formación.

Los hechos fueron denunciados por la Abogacía del Estado en nombre y representación de la Subdelegación del Gobierno en Alicante, y ha sido ahora cuando se ha emitido la sentencia. El fallo judicial, en concreto, indica textualmente que «la colocación y exhibición de una bandera no constitucional como la bandera de la II República Española en la fachada del Ayuntamiento de Muro de Alcoy infringe el ordenamiento jurídico».

El entonces alcalde, Francesc Valls -toda vez que un mes después cogería el relevo la nacionalista Jacqueline Cerdà-, manifestaba ayer tras conocer la sentencia que la decisión de colocar la banedar fue de su grupo, EU, y no del Ayuntamiento. «Hicimos igual que en otras conmemoraciones, como la del día del orgullo LGTBI, cuando colocamos la bandera arcoiris. La verdad es que estamos sorprendidos por lo que ha pasado», indicó, para añadir que «los gastos judiciales correrán a cargo de EU».