Las entidades, cualquiera que sea su signo, benéfico o social, que quieran distribuir lotería con recargo a través de participaciones algo habitual, especialmente en los sorteos de Navidad y el Niño tendrán que conseguir la autorización previa de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), según refleja una reciente resolución a la que ha tenido acceso este diario. La iniciativa se enmarca en la disposición del Gobierno de Rajoy que incluye una retención del 20% en los premios mayores de 2.500 euros y que está vigente desde el pasado 1 de enero para todos los sorteos.

La medida es permanente, pero sus efectos se están empezando a notar conforme se acerca la Navidad, que es el sorteo más importante del año y el que implica el mayor porcentaje de venta por participaciones con recargo. La SELAE está comunicando públicamente que el fraccionamiento de los décimos en las tradicionales «papeletas» con recargo tendrá que autorizarse previamente y deberá cumplir una serie de requisitos para su aprobación, según refleja una circular difundida el pasado 2 de julio por el director comercial a la que ha tenido acceso este diario.

En concreto, las entidades deberán formalizar la petición de distribuir décimos a través de participaciones a la SELAE y, una vez analizada tanto la solicitud como la documentación, «Loterías y Apuestas del Estado podrá autorizar dichas peticiones, significando que el sobreprecio máximo que se puede percibir sobre el valor de cada participación es del 20%», según refleja el citado documento.

Una vez otorgada la autorización y con carácter previo a la venta, «se efectuará el depósito de los billetes en la entidad bancaria designada, recibiendo el correspondiente resguardo». Además, «las participaciones se extenderán con su correspondiente matriz. Los talonarios que las contengan deberán llevar el sello de la entidad... y las participaciones tendrán numeración correlativa única, cualquiera que sea el número de talonarios y precio de las participaciones, debiendo figurar en ellas la indicación 'Fraccionamiento autorizado por Loterías y Apuestas del Estado' y la serie y fracción a que correspondan, cuando en el sorteo a que se refieran se adjudiquen premios especiales», situación, esta última, que no se da en el caso de la Lotería de Navidad, ya que no hay asignaciones directas a los décimos.

Aparte, se tendrá que incluir obligatoriamente en las participaciones la mención de que «los premios superiores a 2.500 euros por décimo tendrán una retención del 20%, por encima del importe anterior, que será prorrateada en estas participaciones en la proporción correspondiente a su valor nominal».

La entidad gestora de las participaciones y competente para su pago «en el supuesto de existir un premio superior a 2.500 euros por décimo, deberá identificar a los agraciados de cada una de ellas, una vez se haga efectivo el pago, a los efectos fiscales oportunos».

Con carácter previo, además, «la entidad emisora deberá entregar en la SELAE una relación detallada del número de talonarios confeccionados, total de las participaciones que corresponden a cada uno y valor de éstas, acompañada de una fotocopia del resguardo del depósito de los billetes», agrega la circular. Aparte, se ha dispuesto que «las participaciones no podrán ser puestas a la venta hasta no haber sido cumplimentados los requisitos indicados y obtenida la oportuna autorización» de la propia entidad dependiente del Ministerio de Hacienda.

Las peticiones deberán dirigirse al Servicio de Informática y Distribución de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, en todos aquellos casos que estén cursadas desde fuera de Madrid.

Por último, la SELAE subraya que «no asume ningún tipo de responsabilidad respecto a la comercialización y venta de las participaciones, de la compra de los décimos y billetes de Lotería Nacional que amparen dichas participaciones, ni por el pago de premios que pudieran recaer sobre las mismas, que en todo caso serán de la exclusiva responsabilidad» de la entidad promotora de la iniciativa.

Desde la SELAE se ha señalado que esta normativa es de aplicación para todos los sorteos y no únicamente para el de Navidad, que a la postre es el más afectado por este proceso.