El Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno de la Comunidad Valenciana ha comunicado al Ayuntamiento de Sant Joan d'Alacant que archiva una de las causas entre la administración y una empresa local que acudió a la institución para denunciar que el ejecutivo no accedía a su petición de proporcionar información pública.

Según la resolución emitida por el órgano público y a la que ha tenido acceso este diario, Transparencia resuelve que «declara la pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación presentada por la mercantil en diciembre de 2019 al haber sido atendida por la administración, aunque fuera de plazo». La sociedad llevaba solicitando a la administración local una serie de facturas impagadas, así como información sobre los criterios de contratación publicitaria alrededor de dos años.

Aún así, fuentes políticas han explicado que aún sigue vigente el procedimiento por el que se reclama la información al respecto referida a los años desde 2014 a 2018, ya que esta resolución tan solo se refiere a la respuesta emitida por la administración referente a la mercantil sobre el año 2019.

En un primer momento, la sociedad local solicitó al Ayuntamiento los criterios de contratación a empresas de comunicación y publicidad cuando el equipo de gobierno dejó de contar con sus servicios. Para poder exigir, además, el pago pendiente de años anteriores, este grupo pidió esta documentación para la adecuada realización de un recurso, pero emitieron una queja basada en que la información que les había llegado era «insuficiente» y estaba incompleta».

En marzo de 2018 los afectados pidieron el conjunto de documentos que la administración local «ha requerido al resto de medios de comunicación con los que trabaja y ha trabajado en los últimos cinco años».

Meses más tarde, en septiembre del mismo año, la empresa insistía en que la respuesta contiene información «no solo desordenada, sino incompleta e insuficiente». En las alegaciones presentadas, el grupo señala que «el derecho a la información no puede estar supeditado a la voluntad o conocimientos personales de un funcionario, sino que se debe garantizar, mientras que resulta evidente que el Ayuntamiento de Sant Joan no tenía intención de realizar».

Una vez el caso se alzó a dependencias autonómicas, el Consejo de Transparencia dio la razón a la empresa y comunicó al consistorio una resolución definitiva en mayo de 2019. Lejos de contestar en una segunda instancia, la sociedad reiteró ante el órgano de la Generalitat el silencio administrativo en septiembre del mismo año.

Ahora el órgano público estima que el requerimiento ha sido atendido por el Ayuntamiento, aunque fuera de plazo y recuerda que el «incumplimiento reiterado» de resolver fuera plazos estas peticiones de acceso a información pública puede acarrear una «infracción grave», algo que ya comunicó el pasado mes de marzo el propio Consejo de Transparencia al Ayuntamiento de Sant Joan.