La Fiscalía ha pedido al juzgado el archivo de una denuncia presentada por Vox en el Ayuntamiento de Sant Joan tras la colocación de una pancarta en contra de esta formación política. El rótulo se colocó a raíz de que la edil de Vox. Gema Alemán se apartara de una concentración de repulsa contra la violencia de género a las puertas del Ayuntamiento, tras un crimen machista en Calp. En el cartel se leía en valenciano «Gema, fuera machistas de nuestro Ayuntamiento». El fiscal considera que los autores de la pancarta están amparados por la libertad de expresión y «surge como un deseo de expresar públicamente el malestar de los autores con lo que consideran una injustificada línea política», por lo que no ve nada injurioso en su contenido.

La denuncia fue presentada por la edil de Vox Gema Alemán alegando que la pancarta colocada frente al Consistorio de Sant Joan le provocó «un ataque de ansiedad». Tras abrir diligencias un juez de Alicante, el fiscal ha pedido su archivo al considerar que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción penal alguna. En el informe presentado por el Ministerio Público se argumenta que las expresiones que la denunciante considera delictivas están amparados por la libertad de expresión. En esta línea, el informe del fiscal incide en que el Tribunal Supremo establece que la libertad de expresión prevalece frente al honor afectado.

«La pancarta surge como una respuesta a un determinado comportamiento de la ahora denunciante, al haber manifestado una determinada posición política durante el desarrollo de un acto de repulsa a la violencia de género llevado días antes por parte de la Corporación Municipal a las puertas del Ayuntamiento ante la muerte de una mujer en Calpe», explica el fiscal en su informe. En dicho acto la concejala de Vox pareció sumarse al acto, pero permaneció apartada de la pancarta que había consensuado el Consistorio. Una actitud muy similar a la que ha mantenido esta formación política en otras ciudades cuando se han celebrado concentraciones de protesta tras un crimen de violencia machista. Por este motivo, considera el fiscal que las expresiones de la pancarta denunciada aparecen como «un genuino acto de ejercicio de la libertad constitucional de expresión».

La Fiscalía recuerda además la condición de cargo público de la denunciante, por lo que cita una resolución del Tribunal Supremo que se hace eco de varias resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que reitera que en el caso de los cargos públicos, «los límites de la crítica admisible son más amplios, hasta el punto de llegar a afirmar que estos han de soportar las críticas o las revelaciones aunque duelan, choquen o inquieten o sean especialmente molestas o hirientes».

El fiscal considera que el derecho a la libertad de expresión prevalece sobre el honor o la dignidad personal o institucional de la denunciante. Así, cita otro informe en el que se concluye que «en términos generales, la libertad de expresión encierra una verdadera dimensión funcional, en la medida de que su ejercicio hace posible la creación de una opinión pública libre, actuando como presupuesto para la vigencia de otros derechos, entre ellos el derecho a la participación pública».