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Hacienda actualiza cuatro ordenanzas y reduce en un 18% la tasa de basura

El gobierno local lleva a pleno estos tributos locales, que mantiene congelados y con los que busca más comodidad para el ciudadano

Alberto Beviá, edil de Hacienda.

El gobierno local de San Vicente del Raspeig levará a un pleno previsto el viernes 7 de septiembre una modificación de cinco ordenanzas fiscales, todas ellas con dos denominadores comunes: se actualizan y simplifican para una mayor agilidad y comodidad del ciudadano. Además, la propuesta del concejal de Hacienda, Alberto Beviá, por cuarto año consecutivo, mantienen congelados los precios públicos, salvo el recibo de la basura, que ha bajado un 18%.

Las ordenanzas en cuestión son las de Construcciones, Instalaciones y Obras; IBI rústico; tasa por la utilización de suelo, subsuelo y vuelo de la vía pública; recogida, transferencia y tratamiento de residuos sólidos urbanos y prestación del servicio del cementerio. En opinión de Alberto Beviá, «con la aplicación de estas medidas estamos conteniendo el esfuerzo fiscal de los vecinos de San Vicente sin dejar de cumplir con nuestros compromisos, manteniendo y aumentando la cantidad y la calidad de los servicios públicos municipales. Y así se verá de nuevo reflejado en los presupuestos del ejercicio 2019».

Tasa de basura

Con la modificación propuesta se completa la bajada del 18% que el gobierno local anunció al principio de este mandato. Se aplica ahora una reducción del 6% a las viviendas del extrarradio, de forma que el importe de los recibos de estas casas se equipara a los de 2012. Así, los inmuebles del diseminado pasan de pagar 103,65 euros a 87,80 euros. Con estos cambios, en 2019 todas las viviendas de San Vicente pagarán de basura lo mismo en el año 2012, cuando el recibo subió un 18%. Durante este periodo las viviendas del casco urbano han pasado de pagar 99,50 euros a los 84,24 actuales. Una novedad relevante en esta tasa es la ampliación del número de viviendas que pueden acogerse a la cuota reducida, cuota que se aplicará en función de la capacidad económica de sus titulares.

En cuanto al IBI de Naturaleza Rústica, se ha equilibrado al IBI de Naturaleza Urbana, con un decremento en el tipo de los inmuebles rústicos, pasando del 0,8 al 0,6%. El impuesto sobre construcciones establece una bonificación del 95% a favor de las obras declaradas de especial interés o utilidad municipal. La tasa de cementerio propone un cambio en el caso de las cesiones de terrenos para la construcción de panteones, criptas o mausoleos.

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