La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias ha remitido a los municipios de la Comunidad un escrito en el que recuerda la normativa vigente en materia de seguridad en locales abiertos a la pública concurrencia, incluidas piscinas y parques acuáticos, como dirección general competente de gestión de los espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas.

La circular menciona algunos aspectos relacionados con la seguridad de las piscinas y parques acuáticos ante la llegada del periodo estival, fundamentales para cumplir con la legislación y encaminadas a evitar riesgos y accidentes, según han informado fuentes del Consell.

De acuerdo con la normativa vigente, las piscinas públicas deben disponer de licencia municipal previa y preceptiva, o en su defecto contar con una declaración responsable. Esto mismo se aplica a las piscinas ubicadas en hoteles, tanto si son abiertas al público en general como si sólo son están para huéspedes o inquilinos.

Además, esta circular alude también a la obligada presencia de socorristas para estas piscinas y así como para las de comunidades de propietarios que superen las 100 personas de aforo. En estos casos, se regula la presencia de uno o más socorristas según los metros cuadrados, de forma que:

  • aquellas piscinas con una superficie de lámina de agua de 200 a 500 metros cuadrados, deben contar con un socorrista
  • aquellas piscinas de 500 metros a 1.000 metros cuadrados, deben contar con dos socorristas
  • en el caso de exceder los 1.000 metros cuadrados, se deberá contar con un socorrista adicional por cada 500 metros de más.

En las piscinas con diferentes vasos se sumarán todas las superficies de lámina de agua, excepto las de chapoteo, para calcular el número de socorristas necesarios. Estos profesionales deben permanecer en las piscinas o zonas de baño durante todo el horario de funcionamiento y no podrán efectuar ninguna otra actividad que no sea la de vigilancia.

Por otro lado, en el caso de los parques acuáticos será obligatoria la presencia de monitores que velarán por la correcta utilización de estas instalaciones.

José María Ángel ha destacado el papel fundamental que desempeñan los municipios en esta materia, ya que los "ayuntamientos comparten con la Generalitat la competencia inspectora y sancionadora y pueden prohibir o suspender aquellas actividades que no cumplan la normativa o clausurar locales que supongan un riesgo".

Ángel ha añadido que estos casos son "los menos, pero estamos hablamos de la seguridad de los más pequeños, que son los más vulnerables a sufrir accidentes como ahogamientos, por eso es fundamental implicar a todos y ser escrupulosos con el cumplimiento de la normativa".