El Tribunal Supremo ha anulado el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de El Campello aprobado en 2011 por la ausencia de un estudio económico finaciero que respaldará una expropiación, según informó ayer el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV).

La sentencia emitida por la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal admite, de esta forma, el recurso de casación interpuesto por tres particulares y la mercantil Perla Alicante SL, a los que se les contemplaba la expropiación de la parcela donde está su restaurante, el Seis Perlas, contra la sentencia previa del PGOU emitida por el TSJCV el 1 de julio de 2014.

Este fallo avalaba la aprobación del Plan General por parte de la Comisión Territorial de Urbanismo del 1 de abril de 2011, que dio la luz verde definitiva al planeamiento urbanístico de El Campello.

En los fundamentos de derecho, el Supremo señala que en la aprobación no se ha seguido la normativa básica estatal que exige, para la consecución de los planes, la incorporación de un estudio económico-financiero que permitiera culminar la expropiación de esa parcela.

Para la sala, este informe sirve para "demostrar la viabilidad económica de una intervención de ordenación detallada en el sector o ámbito concreto".

Pese a que la reclamación de los demandantes se dirigía al suelo de su propiedad afectado, el Supremo observa que el "vicio denunciado" afecta a la aprobación del PGOU en su integridad, por lo que declaran nulo en la totalidad este Plan impulsado por el PP y aprobado en 2011 tras una década de trámitación.

Contra esta sentencia del alto tribunal, no cabe recurso ordinario alguno.