La línea de alta tensión construida entre Xixona y La Nucía para evitar apagones en la costa de la provincia hace meses que está en funcionamiento pero la batalla judicial sobre su legalidad e impacto ambiental sigue alargándose. El Tribunal Supremo (TS) ha aplazado la vista para fallar sobre la afección de esta infraestructura sobre la montaña de Cabeçó d'Or, en Busot.

Ecologistas en Acción y Esquerra Unida recurrieron el acuerdo del Consejo de Ministros de 2009 por el que se declaraba la utilidad pública de este tendido y aprobaba a Red Eléctrica de España el proyecto de ejecución, además de desestimar de las alegaciones que presentaron, admitiendo el Supremo en 2010 el recurso. La sala tercera de lo Contencioso-administrativo se hizo cargo de la investigación sobre este trazado, que atraviesa diez kilómetros protegidos de Cabeçó con torres eléctricas de hasta 55 metros de altura, y fijó la vista para emitir un fallo. Esta vista ya tendría que haberse celebrado pero Red Eléctrica de España pidió personarse en la causa para defender el proyecto, ya que hasta entonces sólo estaban implicados la Abogacía del Estado para defender el acuerdo del Consejo de Ministros y Ecologistas en Acción y EU como recurrentes.

Con esta personación y la presentación por parte de Red Eléctrica de un escrito defendiendo la legalidad del trazado, basándose en la misma línea que el Gobierno, se ha tenido que aplazar la sentencia, según explicaron ayer fuentes ecologistas. Los recurrentes también han presentando otro escrito rebatiendo las argumentaciones de la empresa y esperan que la fijación de la nueva vista no se demore mucho más para un tema en el que recuerdan el daño que se ha causado en Cabeçó d'Or. Además, esta obra ha provocado las denuncias de vecinos que han visto como de repente levantaban en sus mismas narices torres de 55 metros de altura a escasos ocho metros de sus casas.

Esta infraestructura lleva meses en funcionamiento, según confirmaron fuentes de la eléctrica, pese a estar recurrido ante la Unión Europea y el Supremo.

Argumentos

EU y Ecologistas formalizaron en diciembre de 2010 su recurso ante el Supremo y se basa en dos argumentos principales. Por una parte, el acuerdo impugnado "se dicta sin tener en cuenta ni en la aprobación del proyecto ni en su Declaración de Impacto Ambiental la afección a la Zona de Especial Protección para las Aves (Zepa) Cabeçó d'Or i la Grana, incumpliéndose la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad". Y por otra parte, "el proyecto no se acompaña del preceptivo estudio de integración paisajística que define el artículo 48 del Reglamento de Paisaje de la Comunitat".

Junto a la demanda aportan un informe pericial para demostrar que el tendido invade espacios protegidos por ser hábitats de interés para distintas especies de aves protegidas. Ese estudio establece que el tendido aéreo invade un espacio natural protegido perteneciente a la Red Natura 2000 -la citada Zepa-, a lo largo de más de 4.555,49 metros.

Así mismo, el tendido aéreo invade a lo largo de 6.215,08 metros el área prioritaria de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aves catalogadas, denominada nº 8 Monnegre-Cabeçó, delimitada en la Resolución de 15 de octubre de 2010 del conseller de Medio Ambiente por la que se establecen las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y electrocución, y se ordenan medidas para la reducción de la mortalidad de aves en líneas de alta tensión.

El Gobierno justificó el rechazo al recurso porque la aprobación de la Zepa -entró en vigor en junio de 2009- fue posterior la Declaración de Impacto -abril de 2008- y del proyecto -octubre de 2008-, y en la misma línea se pronuncia ahora la eléctrica. En la demanda de Ecologistas en Acción y EU recuerdan que en Gobierno aprobó el proyecto de ejecución y su utilidad pública en octubre de 2009, obviando que la Zepa estaba ya en vigor.