El Juzgado de Lo Penal 2 de Torrevieja acogió la celebración de un juicio oral contra el exalcalde Pedro Hernández Mateo (PP) por un delito de negación de los derechos cívicos de los ciudadanos. Proceso derivado de una denuncia interpuesta hace 12 años por el actual alcalde José Manuel Dolón (Los Verdes), cuando ejercía la oposición. La acusación particular pide 4 años de inhabilitación como cargo público para Hernández Mateo, mientras su defensa, al igual que la Fiscalía reclaman la absolución. El Ministerio Público ve, en cualquier caso, una irregularidad administrativa que debió haberse resuelto por esa jurisdicción. El proceso ha quedado visto para sentencia.

El primer edil dejó de convocar 11 plenos ordinarios durante el mandato de 2003 a 2007, aunque la legislación fija un pleno ordinario obligatorio mensual en los municipios de más de 20.000 habitantes. Y con ello impidió que concejales y ciudadanos fiscalizaran la labor del gobierno en ruegos y preguntas. Ayer el letrado de la defensa, Benito Sánchez Martos, y el propio acusado en su intervención, defendieron que esas desconvocatorias se producían coincidiendo con periodos vacacionales, en especial en agosto, sin asuntos dictaminados que tratar y con la mayor parte de los funcionarios de vacaciones.

Así, los concejales de todos los grupos, a excepción de Los Verdes, acordaban no realizar esas sesiones en junta de portavoces y tratar los asuntos pendientes en sesiones extraordinarias o en la ordinaria del siguiente mes. Insistió en que el buen gobierno o la política de gestión en un Ayuntamiento no es un asunto de relevancia penal. Hernández Mateo recordó en su testimonio que contó con mayoría absoluta en casi todos sus mandatos al frente del Ayuntamiento, entre 1988 y 2011, por lo que se enfrentaba a los plenos sin ningún «temor»: tenía el respaldo de sobra para sacar adelante los asuntos y evitar las sesiones no era, en ningún caso, la razón de las desconvocatorias. La fiscal solo intervino en su informe final -no interrogó a los testigos, ni al acusado ni al denunciante- para ratificar que no consideraba que el procedimiento tuviera relevancia penal, recordar que había tres escritos anteriores de la Fiscalía pidiendo el sobreseimiento, al que se añade un cuarto de calificación, en el mismo sentido por el criterio de la «mínima intervención del derecho penal». Además dijo que no hay pruebas de que la no convocatoria de esos plenos tuviera un efecto real de vulneración de los derechos cívicos de ediles y ciudadanos.

La acusación de José Manuel Dolón, que ha mantenido vivo este asunto al lograr que la Audiencia lo reabriera tras archivarse en 2010, y representada por el abogado Moisés Candela, recordó que de esos acuerdos o pactos para desconvocar plenos -citados como testigos los exconcejales de distintos partidos Ángel Giménez, Miguel Seva, José Manuel Martínez Andreu y José Hódar- no se dejó constancia oficial por escrito. Y añadió que cuando se desconvocaban plenos ordinarios, aunque no hubiera asuntos que tratar, se negaba la participación de la oposición en su labor de fiscalización, y después la de los propios asistentes al pleno, que solo tienen opción a hacerlo en sesiones ordinarias. Algo que José Manuel Dolón cuestionó con distintos escritos de queja al entonces alcalde.

No era para ahorrar

Candela negó que las desconvocatorias pudieran suponer un ahorro para las arcas públicas dado que a la falta de sesiones ordinarias le seguían la realización de extraordinarias, en las que también se indemnizaba a los asistentes.

La acusación recordó que desde el momento en el que se presentó el procedimiento penal, Hernández Mateo ya no dejó de convocar ninguna de las sesiones ordinarias, a sabiendas de que había saltado la legislación. No compareció por enfermedad y como testigo de la acusación la secretaria general, Pilar Vellisca.

Hernández Mateo ya cumple una pena de inhabilitación para ejercer cargo público de 11 años por el amaño de la contrata de las basuras. Su abogado pidió, en caso de condena, una rebaja sustancial de la pena de inhabilitación por una «dilación indebida (del procedimiento) muy cualificada», lo que la reduciría a seis meses. También que se incorporase a la causa la información desvelada por este medio en la que se indica que se investiga al actual alcalde, dado a conocer el mismo día del juicio, también por vulneración de los derechos cívicos de los concejales del PP al no responder preguntas del pleno, intentando hacer ver que la acusación particular reclama lo que ahora no ejerce en el poder. La magistrada accedió a incorporar este documento, no sin antes atajar la intervención de letrado que intentó «interrogar» sobre este asunto al alcalde José Manuel Dolón.