La asociación de vecinos San Miguel Arcángel de San Miguel de Salinas ha interpuesto recurso de reposición contra la aprobación del padrón de los recibos del agua potable del primer bimestre de 2017, que es el primero que se publica desde 2011 y de su ordenanza fiscal reguladora. Asimismo, solicita la declaración de la nulidad de pleno derecho de los recibos de los últimos cinco años y la devolución, que legalmente corresponda, explica en un comunicado.

El colectivo argumenta su petición en base a la situación de indefensión de los contribuyentes para la defensa de sus intereses legítimos, provocada por la total falta de información sobre las cuentas del agua, su no inclusión en los presupuestos municipales y su no ingreso en las arcas públicas. La ausencia de la dación de cuentas impide verificar el cumplimiento del principio de equilibrio presupuestario entre ingresos y gastos, que es una característica propia de esta clase de tributos.

Por otro lado, la asociación considera no ajustado a Derecho que existan dos tarifas diferentes para un mismo servicio en un mismo municipio. Desde el inicio de la concesión, existe una tarifa, más elevada, para los residentes de las urbanizaciones de Las Filipinas y otra para el resto de la población.

En tercer lugar el colectivo aduce que no se han seguido los principios establecidos por la Ley General Tributaria para la aplicación de los tributos, especialmente, los concernientes a la liquidación, notificación y recaudación de las tasas del agua. Se han estado pasando al cobro los recibos durante 5 años sin haber practicado la liquidación ni notificación de los mismos. Como dato probatorio han dejado de publicarse los padrones y listas cobratorias durante un lustro. En cuanto a la recaudación, el importe de los recibos del agua debe ser practicada por el ayuntamiento y su importe ingresado en las arcas públicas y, no por la empresa concesionaria, como desde hace 5 años y, hasta ahora, viene siendo lo habitual.

Como esta situación ha sido común en los últimos 5 años, la asociación ha solicitado en su recurso, además de la anulación del padrón del primer bimestre de 2017 y su ordenanza reguladora, que sean declarados nulos de pleno derecho los recibos de ese período y se proceda a la devolución a los contribuyentes del importe de los mismos.