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Catral

La Audiencia quiere juzgar al exalcalde Albero por posible prevaricación

El exregidor del PP se enfrenta a 12 años de inhabilitación para cargo público por el supuesto contrato irregular de un contable

Aurelio Albero (en pie) participa en una sesión plenaria del Ayuntamiento de Catral tony sevilla

La sección séptima de la Audiencia Provincial con sede en Elche ha dado vía libre para juzgar al exalcalde de Catral, Aurelio Albero (PP). El tribunal ha rechazado el recurso de apelación presentado por el exregidor contra el auto de procedimiento abreviado en el que se le acusa de un presunto delito de prevaricación por la contratación supuestamente irregular del excontable del Ayuntamiento. La causa judicial se inició tras detectar un supuesto desvío de casi 10.000 euros de fondos públicos del Consistorio a cuentas bancarias del excontable, Juan Carlos Llopis, quien formó parte de la lista del PP.

El Ministerio fiscal solicita una pena de 12 años de inhabilitación para Albero por haber contratado de forma supuestamente irregular al técnico y de 10 años de cárcel para Llopis por desviar presuntamente a sus cuentas el dinero, cometiendo delitos de prevaricación, falsedad documental y malversación.

El auto de la Audiencia Provincial estima que «obran en la causa indicios suficientes contra el apelante (Aurelio Albero) para justificar el auto de incoación de procedimiento abreviado al constar que en el ejercicio de sus funciones como alcalde contrató a Juan Carlos Llopis, con quien había compartido lista electoral, a pesar de los informes desfavorables del secretario y de la carencia de competencia para ello». El tribunal recuerda que dicha contratación fue rechazada en pleno, pero a pesar de ello Llopis «continuó prestando sus servicios contables y de asesoría en materia financiera sin sacar a concurso la contratación». Así, «finalizados los servicios, continuó facturando al Ayuntamiento por importe de 39.200 euros sin la cobertura de ninguna relación contractual, mediante la presentación de facturas mensuales como nóminas».

En su recurso, Aurelio Albero alegó que se habían vulnerado sus derechos fundamentales al imputarle un delito de prevaricación cuando las diligencias se incoaron por otros delitos vinculados al supuesto desvío de fondos públicos, lo que generó su «indefensión». Sin embargo la Audiencia estima que ese argumento es «inconsistente» y defiende que no ha habido ninguna irregularidad en la instrucción, puesto que Albero ha estado personado en la causa y ha conocido los hechos concretos que se le imputan y por los que fue interrogado en noviembre de 2015. «No responde a la realidad que nunca se le haya atribuido la comisión de un delito de prevaricación», ratifica la Audiencia.

Responsabilidad civil

El recurso de apelación de Aurelio Albero acerca pues al excalcalde al banquillo de los acusados. Todo apunta a que ahora el juzgado que instruye la causa, el de Instrucción 2 de Orihuela, requerirá a los acusados que consignen el dinero o aval de la responsabilidad civil que se les pide en el escrito de acusación del fiscal (53.000 euros). Si no lo hacen, se decretará el embargo de bienes y se pasará la causa a la Audiencia Provincial de Alicante para señalar fecha de juicio.

En concreto, el Ministerio Público pidió que el exregidor y el excontable sean condenados en concepto de responsabilidad civil y que indemnicen de forma conjunta al Ayuntamiento por los sueldos que se pagaron al técnico, que ascienden a 43.656 euros. También que Llopis devuelva los casi 10.000 euros de los que al parecer se apropió de forma ilícita. A éste último se le pide igualmente una pena de 28 años de inhabilitación para poder prestare funciones de asesoramiento en materia de contabilidad, gestión económica y control de tesorería en cualquier administración pública.

Este caso de presunta corrupción ocurrió entre 2011 y 2012. Según sostiene el Ministerio Público, Juan Carlos Llopis quedó fuera de la corporación al obtener el PP seis concejales y el entonces regidor «tenía la firme voluntad de darle, bajo cualquier pretexto y pese a que ello supusiera el quebranto de la Ley, un cargo en el Consistorio». Albero adjudicó al técnico funciones esenciales en materia de contabilidad y gracias a ello éste tuvo acceso a las claves bancarias que permitían la disposición de fondos del Ayuntamiento. Así, el excontable «actuando con el propósito de enriquecerse injustamente hizo suyos 9.917,20 euros de las cuentas municipales, para lo cual alteró los apuntes contables».

El fiscal estima que los perjuicios generados al Ayuntamiento no sólo ascienden a esos casi 10.000 euros «de los que el acusado se apropió gracias a la ilícita adjudicación de servicios que realizó a su favor Aurelio Albero, sino también a los pagos realizados por el Consistorio a favor del técnico fuera de cobertura contractual... que el alcalde realizó a su favor».

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