El Ayuntamiento ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia una anuncio en el que se notifica que nadie ha reclamado como suyo un objeto especial: el iPhone entregado en las dependencias de objetos perdidos de la Policía Local en junio de 2014. Como nadie lo ha reclamado, quien tuvo el civismo de depositarlo se lo puede quedar ya. Bueno, dentro de 15 días, porque la publicación en el BOP es el último intento por localizar al propietario que extravió el preciado dispositivo. Aunque no es un detalle legal muy conocido la ley ampara a quien entregó el teléfono para quedárselo, y en estos más de dos años y medio tampoco se ha presentado denuncia en la Guardia Civil por pérdida o sustracción del aparato.

Por eso ahora el primer edil «hace saber»: que de no «producirse reclamación por parte de su legítimo propietario en quince días desde la publicación de este anuncio, se procederá por esta Alcaldía a su entrega a la persona que depositó el objeto». En escrito aparece el código que identifica a cada uno de los terminales, pero no se ofrecen más características.

La decisión municipal está avalada por el artículo 615 del Código Civil, cuya redacción claramente parece anclada en formalismos y solemnidades de otra época: «El que encontrare una cosa mueble, que no sea tesoro, debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo». El alcalde deberá entonces «publicar éste, en la forma acostumbrada, dos domingos consecutivos». Hasta que por fin, «pasados dos años, sin haberse presentado el dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que la hubiese hallado». No es que un Iphone encaje exactamente en la definición de tesoro, pero para algunos casi puede llegar a serlo.