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La Fiscalía pide anular el fallo que libró a Fenoll de una condena de 35 años de cárcel por fraude fiscal

El Ministerio Público plantea un incidente de nulidad, la única opción para revocar el fallo absolutorio

La Fiscalía pide anular el fallo que libró a Fenoll de una condena de 35 años de cárcel por fraude fiscal

La Fiscalía ha pedido a la Audiencia la nulidad de la sentencia que revocó una condena a Ángel Fenoll y a otros catorce empresarios de la Vega Baja por una presunta trama de facturas falsas para defraudar 4,5 millones de euros a la Agencia Tributaria. Un juzgado de lo Penal de Orihuela les impuso penas que sumaban 212 años de cárcel, en el caso de Fenoll 35 años, pero la Sección Séptima de la Audiencia invalidó todo el proceso al considerar que se habían vulnerado los derechos de los acusados y cuestionó los métodos de la Agencia Tributaria a la hora de investigar los supuestos fraudes.

Fenoll es uno de los principales imputados en el llamado caso Brugal, especialmente en las ramas que investigan supuestos sobornos en la adjudicación del concurso del servicio de recogida de basuras en Orihuela y las presuntas irregularidades en el proceso para la ubicación del vertedero de la Vega Baja, entre otras. En algunas de las intervenciones telefónicas del caso Brugal se escucha a los implicados hablar sobre la inspección tributaria a Fenoll.

Aunque contra la sentencia de la Audiencia no cabe recurso alguno, el Ministerio Público ha planteado un incidente de nulidad ante la propia sala que puso la sentencia para que la invalide argumentando que le han ocasionado una situación de indefensión para ejercer su labor porque no han contestado a sus argumentos.

En un extenso escrito de más de sesenta folios, al que ha tenido acceso este diario, el fiscal plantea a la sala que se celebre una vista en la Audiencia para que declare la inspectora de la Agencia Tributaria que hizo el informe en el que se basaron las acusaciones para que realice a las partes todas las aclaraciones que resulten precisas, una comparecencia que se pidió expresamente por el Ministerio Público antes del fallo y sobre el que no recibió contestación alguna por parte de la sala. El fiscal plantea que, en el caso de que se acepte su recurso, se designe un nuevo tribunal integrado por magistrados diferentes a los que dictaron el fallo recurrido ante el que se celebraría la vista. Finalmente, se reserva el derecho a interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

La Fiscalía considera que la sentencia recurrida no daba respuesta a ninguno de los argumentos del fiscal en los que contestaba a las defensas e incluso entraba en contradicción con otras decisiones adoptadas por la misma sala en este proceso. Entre ellas, la propia prescripción de los hechos que, según el fiscal, sobre los que la propia Audiencia ya se pronunció en el año 2010, al desestimar un recurso presentado por el empresario Ángel Fenoll. En el recurso, el fiscal defiende la actuación de la Agencia Tributaria y rechaza que haya vulnerado derecho fundamental alguno. La sala argumentaba que Hacienda vulneró los derechos de los acusados investigando por su cuenta las supuestas facturas falsas sin denunciarlo inmediatamente ante la Fiscalía y dilatando los plazos. En el recurso, el representante del Ministerio Público plantea que la obligación de la Agencia Tributaria es «hacer inspecciones y determinar si hay defraudación al erario público, su cuantía y la forma de producirse dicho perjuicio económico y si lo es o no por la utilización de facturas falsas». En este sentido, ve «ilógico» exigir a Hacienda que paralice una investigación y se le exija interponer denuncia cuando haya «una mera suposición de la existencia de una eventual factura falsa». Pero recalca que el transcurso de un lapso de tiempo «perjudica siempre a la Agencia Tributaria», porque sino lo hace en el tiempo adecuado puede que prescriban los delitos cometidos. El fiscal recuerda en su recurso la reciente sentencia de la Audiencia de Valencia por una trama de facturas falsas en Terra Mítica y que condena a dos exdirectivos del parque temático de Benidorm y a otros veinte empresarios. «Resulta extraordinariamente llamativo que la actuación inspectora desplegada por la Agencia Tributaria en este procedimiento merezca este grave reproche por parte de la sala» mientras que el caso de Terra Mítica hayan sido los sustentos sobre los que se ha fundamentado la condena, dice. En esta línea, rechaza la consideración de que la actuación de Hacienda esté viciada de un principio inquisitivo que no cumple la legislación para conseguir medios de prueba para denunciar a los investigados. El fiscal habla de errores en la aplicación de la Legislación Tributaria en el fallo recurrido.

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