El juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Elche ha condenado al Ayuntamiento de Rafal a pagar 500 euros cada 20 días por no ejecutar una fallo judicial dictado en junio de 2007 motivado por la denuncia de un propietario de una parcela del polígono que, al parecer, no estaba de acuerdo con el proceso de reparcelación. La sentencia mediante la que se impuso esa multa al consistorio se dictó el 31 de marzo de 2015 aunque, según el regidor, Manuel Pineda, el municipio no ha pagado nada hasta este momento.

La oposición del Partido Popular ha sacado a la luz estos hechos y ha apuntado que la parte dispositiva de la sentencia del citado juzgado acuerda «imponer una multa coercitiva por importe de 500 euros a la autoridad o empleado responsable», una sanción que «será reiterada cada 20 días hasta la total ejecución del fallo judicial de 2007». Establece además que «de darse la imposibilidad de determinación individualizada de la autoridad o empleado responsable, será la administración la responsable del pago de la multa».

Ese dictamen se acordó debido a que hasta marzo de 2015 el Ayuntamiento de Rafal no había acreditado documentalmente el cumplimiento de la sentencia originaria de 2007. A este respecto, los populares criticaron que Pineda no haya hecho pública esa multa y le emplazaron a dar explicaciones sobre todo este asunto.

Años de trámites

Por su parte, el regidor de Rafal explicó que el Ayuntamiento no se ha quedado de brazos cruzados para solucionar este tema y detalló los pasos que se han ido dando. En este sentido dijo que tras recibir la sentencia, el 15 de enero de 2008 se requirió al agente urbanizador que rectificara la cuenta de liquidación conforme al fallo judicial. Pero en noviembre de 2012 el juzgado informó que no se había remitido nada para acreditar el cumplimiento de esa fallo judicial y en junio del año siguiente el consistorio volvió a requerir al agente urbanizador que modificara la cuenta de liquidación conforme a la sentencia dado que no la había presentado todavía.

Dicho documento fue presentado en julio de 2013, pero los servicios económicos del municipio lo sometieron a revisión y encargaron el 30 de octubre de 2014 un nuevo informe técnico.

Pero como el procedimiento se alargaba, el propietario que denunció el agravio recurrió y en marzo de 2015 el juzgado impuso esa sanción al consistorio. No fue hasta seis meses más tarde, en septiembre, cuando dicho informe técnico manifestó que había que modificar de nuevo la cuenta de liquidación, siendo el mes pasado cuando se emitió el informe definitivo del cual se dio traslado a los interesados.

El socialista Pineda dijo que «no es que no se haya ejecutado la sentencia» si no que se ha actuado con mucha prudencia «debido a que en el expediente del polígono industrial existen varios procedimientos judiciales por distintas causas».

Ahora habrá que ver si, finalmente, el Ayuntamiento tiene que pagar esa multa de 500 euros cada 20 días con un plazo que empezó a contar hace ya 12 meses.