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Otro tortuoso camino hasta lograr la ejecución

El fallo, para el que no cabe recurso, obliga al infractor a demoler la vivienda a su coste. El alcalde Ignacio Ramos dictó el 18 de enero pasado una resolución en la que instaba al promotor de la vivienda, que reside de forma habitual en ella, a demoler en el periodo de un mes, algo que no ha sucedido. Si no atiende la orden debe ser el Ayuntamiento el que lleve a cabo la ejecución de la sentencia de forma subsidiaria para y después exigir al infractor, que ya fue multado con 7.000 euros por la ilegalidad, el que abone el coste. Además en este caso existe un elemento que complica la orden de demolición. La sentencia reconoce que el propietario cuenta con una licencia que ampara al menos las obras de la fachada y un aseo del total de la construcción, algo que la orden de demolición del Ayuntamiento no recoge. D. P.

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