El Síndic de Greuges se ha dirigido al Ayuntamiento de Torrevieja para que constituya a la mayor brevedad la Comisión de Instrucción de Acoso Laboral prevista en su Protocolo de mobbing y así resolver los procedimientos de acoso laboral con criterios de celeridad e impulso de oficio en todos sus trámites.

El defensor del pueblo valenciano ha respondido de esta forma a la queja presentada por una funcionaria del Ayuntamiento de Torrevieja que denunciaba que en julio de 2014 solicitó activar el Protocolo de mobbing al entender que estaba sufriendo una situación de acoso psicológico y desde el consistorio se incumplían los plazos trámites establecidos en el referido protocolo.

Según fuentes de la Sindicatura de Greuges, del estudio de la queja se desprende que, en abril de 2009, el Ayuntamiento de Torrevieja aprobó un Protocolo de mobbing.

El documento dispone, entre otras cosas, la constitución de una Comisión de Instrucción del acoso laboral de carácter permanente y estable, que será la encargada de valorar y tramitar las reclamaciones que se formulen en materia de acoso psicológico en el trabajo.

Tan recibir una reclamación, la comisión debe reunirse en un plazo máximo de siete días para iniciar las actuaciones pertinentes, debiendo emitir informe en un plazo máximo de 30 días contados desde el siguiente a la presentación de la reclamación.

La afectada indicaba que recibió un primer escrito del ayuntamiento (pasado casi un mes desde la presentación de su solicitud) en el que le comunicaban que estaban efectuando los trámites necesarios para valorar y tramitar su solicitud.

En noviembre de ese año (2014) volvió a recibir un nuevo escrito informándole que seguían con los trámites de valoración y tramitación de la solicitud y que estaban a falta de designar un especialista para constituir la Comisión de Instrucción.

Desde entonces, no había vuelto a recibir ninguna notificación mientras que la situación de acoso continuaba, han indicado las fuentes.

En su resolución, el Síndic recuerda la obligación de la Administración de cumplir escrupulosamente con las normas que rigen los procedimientos.

Asimismo, apela al Estatuto Básico del Empleado Público que considera el acoso laboral una falta disciplinaria muy grave y recoge medidas dirigidas a evitar que se perpetúen en el tiempo situaciones de abuso de poder, discriminación o acoso laboral debido a las lagunas legales que pudieran favorecer la impunidad del acosador en lugar de ayudar a la víctima.