Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Cespa exigirá una indemnización millonaria al Consorcio si tumba el macrovertedero

La concesionaria del Plan Zonal de la Vega Baja llevará a los tribunales al organismo que preside Luisa Pastor por «bloquear» la ejecución del proyecto

Cespa exigirá una indemnización millonaria al Consorcio si tumba el macrovertedero

La adjudicataria del Plan Zonal de la Vega Baja, la Unión Temporal de Empresas (UTE) Cespa-Ortiz, exigirá una indemnización millonaria al Consorcio de Residuos de la Vega Baja en caso de que, según lo previsto, la comisión de gobierno de este organismo acuerde el viernes la rescisión del contrato para la gestión de las basuras de la comarca (27 municipios y 245.000 toneladas anuales). Mientras el ente consorciado cuenta con dos informes que avalarían que se rompa el acuerdo porque la concesionaria no dispone de los terrenos que ofertó para ganar el multimillonario concurso, la UTE esgrime un tercer dictamen jurídico que apunta al Consorcio (formado por el Consell, la Diputación y los 27 Ayuntamientos de la comarca) como responsable de haber «dificultado e impedido» la ejecución del contrato. Cespa-Ortiz anunció ayer a INFORMACIÓN que iniciará una batalla legal para defender sus intereses y exigirá compensaciones por daños y perjuicios y por el lucro cesante de una contrata valorada en más de 248 millones de euros.

El dictamen jurídico encargado porl concesionaria del Plan Zonal de la Vega Baja ha sido elaborado por el bufete GTA Villamagna Abogados y rebate los argumentos de los informes solicitados por el Consorcio de Residuos y la Diputación en materia de la disponibilidad de terrenos para ejecutar las instalaciones previstas en su oferta, que comprendían un macrovertedero en el término municipal de Albatera y una planta de transferencia de basuras en Cox. En este sentido, recoge que en el pliego de cláusulas administrativas no se imponía como requisito de admisión de las ofertas disponer de terrenos, «es más, se establece como criterio de puntuación» por lo que «la no disponibilidad de los terrenos podrá afectar a lo sumo a la puntuación obtenida, pero no puede servir como argumento para resolver el contrato por culpa del contratista». Además, incide en que la UTE sí disponía de opciones de compra sobre las parcelas cuando formuló su oferta en 2007, pero «estas opciones lógicamente se extinguieron (sin haber sido ejercitadas) como consecuencia de que, desde la primera adjudicación en 2008 -que ubicaba la planta en Torremendo-, pasaron cinco años hasta que se ha clarificado la situación con la nueva adjudicación acordada en 2013, -que la situaba en Albatera- en ejecución de la sentencia que anuló la primera adjudicación». Y esa anulación, prosigue el informe, «es enteramente imputable al Consorcio, quien no podría valerse ahora de la situación por él creada para aducir que el contratista no dispone de terrenos y que se extingue el contrato por culpa suya». En este sentido, destaca que el pliego de condiciones preveía que el concesionario tiene derecho a instar a la administración la expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la construcción de las instalaciones, lo que explicaría que la disponibilidad de los terrenos no fuera un requisito de admisión de las ofertas presentadas al concurso, sino de mera puntuación.

Sentencia

Aun en el caso de que Cespa-Ortiz perdiera los cinco puntos que se le otorgaron el concurso por la disponibilidad de los terrenos, el dictamen jurídico apunta que de los 71,04 puntos que se le otorgaron pasaría a 66,04 puntos, por lo que estima que seguiría resultando adjudicataria del contrato porque, aunque la oferta de la misma UTE que contemplaba terrenos en Orihuela hubiera obtenido una puntuación ligeramente superior, considera que se tendría que cumplir la sentencia que ordenó que el macrovertedero tenía que instalarse en Albatera.

«Se desprende que, por problemas políticos o de la índole que sean, no ha existido por parte del Consorcio la obligada colaboración para hacer posible la ejecución del contrato, por mucha insistencia y empeño que haya puesto la UTE, lo que unido a la negativa del Consorcio a facilitar el comienzo y desarrollo de la solución transitoria, lleva a la conclusión de que no solo ha permanecido indebidamente de forma pasiva sino que ha dificultado, cuando no impedido, la ejecución del contrato», algo que «infringe el derecho del concesionario a explotar la obra pública y a percibir la retribución económica prevista durante el tiempo de la concesión».

Por todo ello, la UTE ha advertido ya que iniciará una batalla legal para exigir la resolución del contrato «por culpa del Consorcio» y reclamar la devolución de la garantía depositada de 1,9 millones (que el Consorcio quiere requisar), ejercer su derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios que le cause el incumplimiento del contrato así como pedir el lucro cesante, que incluiría los beneficios que el concesionario dejará de percibir de un contrato valorado en más de 248 millones, además del valor patrimonial de la inversión no amortizada por razón de expropiaciones de terrenos, ejecución de obras de construcción y adquisición de bienes necesarios para la explotación de la concesión.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats