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Orihuela

La juez archiva la pieza de Brugal sobre Callosa porque las escuchas no son suficiente prueba

La magistrada cierra las actuaciones para cinco imputados, entre ellos el empresario Ángel Fenoll; el alcalde, Javier Pérez o el edil Francisco Rodríguez

Las escuchas del caso Brugal no son prueba suficiente para sostener la acusación en algunos casos. Eso es lo que ha dicho la jueza Rosa María Villegas, quien se hizo cargo del Brugal hace un par de semanas en el juzgado de Primera Instancia 3 de Orihuela y en un auto por el cual archiva parte de una de las piezas separadas, que hace referencia a Callosa de Segura y al delito de cohecho, lo que supone que el empresario Ángel Fenoll; su hijo, Antonio Ángel Fenoll; una mujer que los representaba en el municipio, Josefa Inmaculada Candel; el alcalde, Javier Pérez; y el concejal Francisco José Rodríguez, dejan de estar imputados por ello. Ahora bien, para estos dos últimos, las diligencias siguen abiertas por el otro delito que se investigaba: negociaciones prohibidas a funcionarios.

El caso Brugal es una instrucción judicial abierta en Orihuela por una supuesta trama de corrupción político-empresarial que derivó en más de quince causas, algunas derivadas a Alicante y en relación con la adjudicación de las basuras, principalmente. Las más importantes hacen referencia al contrato suscrito por el Ayuntamiento de Orihuela y al Plan Zonal, aunque las escuchas realizadas durante meses por la Policía derivaron en otros asuntos, de menor entidad en varios municipios de la Vega, caso de éste que la magistrada da por resuelto, aunque cabe la posibilidad de recurso ante la Audiencia.

La petición de archivo se solicitó por la defensa de los dos políticos callosinos con base a la prescripción de los delitos que se les imputaban, algo a lo que se opuso la Fiscalía. La magistrada también se negó a la prescripción alegando que los plazos no se habían cumplido al ser de cinco y no de tres años por la gravedad del delito, ahora bien, entró al fondo de la cuestión.

Esta pieza se abrió por unas conversaciones telefónicas, grabadas por la Policía, que obran en el sumario en las que se deduce, dice el auto, que los representantes de Colsur, la empresa que realizaba el servicio de recogida de basuras en Callosa de Segura, hablaban de «las supuestas sumas de dinero» que se habrían entregado a ambos políticos, «en varias ocasiones a fin de conseguir por aquellos revisiones del contrato» que la mercantil tiene con Callosa de Segura por 20 años, así como a un aumento del precio del servicio o al pago del mismo.

De las diligencias, entiende la magistrada, que no ha quedado debidamente acreditado el delito y dice así: «No siendo suficiente las transcripciones de las conversaciones telefónicas entre los imputados particulares donde refieren entregas de dinero al alcalde o al concejal aquí imputados, si bien en ninguna de las conversaciones intervienen estos ni se habla de entrega de dinero».

La jueza añade que «tampoco ha quedado acreditado, como expone ampliamente el Ministerio Fiscal, que el pago de las facturas a Colsur o la ampliación del precio de los servicios sea imputable a esas entregas de dinero a las que se alude en las conversaciones telefónicas, no siendo suficiente la referencia por terceras personas, también imputadas, que en sede judicial se acogieron a su derecho a declarar, de entrega de dinero a cargos públicos para provecho propio o ajeno, para considerar acreditado el delito de cohecho de las presentes, máxime cuando averiguada situación patrimonial de los imputados no se ha acreditado incremento alguno».

Negociaciones

En relación al delito que la magistrada considera que tiene que seguirse investigando contra los dos políticos, el de negociaciones prohibidas a funcionarios, dice con respecto a Javier Pérez que «ha quedado acreditado, hasta el momento, de las diligencias practicadas que el imputado, en su calidad de alcalde del Ayuntamiento de Callosa de Segura, intervino en su cualidad de representante de la mercantil Procanper en diversos expedientes referidos a fincas de su titularidad, dictando resoluciones administrativas a favor de dicha empresa, de las que era administrador único hasta el 3 de diciembre de 2010». El auto no explica por qué el concejal también debe seguir imputado por este delito. Ahora bien, oficia al Ayuntamiento para que remita el expediente de modificación de licencia que solicitó el alcalde para su empresa.

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