La persona que durante años fue la llave para decidir de quién era la Alcaldía de Redován, Joaquín Pozuelo, fue condenado ayer por el juzgado de lo Penal 3 de Orihuela a dos años de prisión por un delito de falsedad documental y a 8 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por prevaricación. Además, se le condena a 12 meses de multa, con una cuota diaria de seis euros. Todo ello por firmar un documento público falso a comienzos de 2008 del que se valió la dueña de un chalé ilegal en la Sierra para que la compañía Iberdrola le diera servicio de luz, algo inviable legalmente.

La sentencia considera como hechos probados, y ahí basa la condena, que el 24 de enero de 2008 el entonces primer teniente de alcalde y concejal de Urbanismo, Parques y Jardines y Personal del Ayuntamiento de Redován, «prevaliéndose de las funciones propias de ese cargo» elaboró un documento por el que se concedía autorización a Josefa C.G., propietaria de una vivienda en la partida Camino de la Sierra, para «extender las redes necesarias para dotar de suministro eléctrico a la citada edificación (y) a contratar suministro eléctrico». La firma de Pozuelo al final del mismo fue un salvoconducto ante la compañía Iberdrola.

La magistrada también incide en la resolución en que el documento tenía un formato «similar al que se empleaba en los documentos oficiales del Ayuntamiento de Redován (y) también contenía el sello del Ayuntamiento». Y asegura a continuación que «la autorización contenida en el citado documento fue dada por Joaquín Pozuelo Poveda a sabiendas de su injusticia, pues carecía de competencia para ello, ya que la referida autorización debía ser concedida mediante decreto de Alcaldía previo los informes correspondientes».

Pero, ¿por qué no se siguieron los trámites? porque la vivienda era ilegal y nunca habría obtenido el visto bueno de los técnicos, pero el documento sirvió para su fin y Josefa C.G. obtuvo luz para su vivienda sobre suelo no urbanizable. La sentencia desestima todos los argumentos de la defensa, comenzando por la prescripción del delito, y da una enorme validez al testimonio de la secretaria y de la arquitecta porque ambas coincidían en que la concesión que pretendía la propietaria «era contraria a la Ley del Suelo de la Comunidad» con lo cual se daba la paradoja de que alguien sin competencia había terminado dando una autorización que ni podía.

Llama la atención que la magistrada considera que no es que eso fuese ilegal sino también injusto aquel papel porque no era la única casa en la zona en idénticas circunstancias, pero «en contra de lo señalado por el acusado, el documento cuestionado no proporciona dicho suministro a todas esas viviendas (lo cual podría excluir que el resultado de dicha resolución fuese injusto) sino exclusivamente a la vivienda de la solicitante, por lo que claramente se crea una situación de desigualdad entre viviendas y todas ellas construidas en un suelo con una calificación que impide dicha construcción».

Procedimiento

La jueza también abunda en que el edil sabía la gravedad de lo que estaba haciendo porque así se lo dijo la secretaria, «indicándole que no lo firmara ya que ese no era el procedimiento adecuado» porque era consciente de que esa era la única forma de beneficiar a la dueña de la casa: «El tema había sido especialmente estudiado por el acusado porque había acudido a varias oficinas de Iberdrola para tratar el tema».

Y sobre la falsedad añade que «del texto del documento se desprende un acuerdo del Ayuntamiento que nunca existió, conteniendo el cajetín propio del Ayuntamiento de Redován, actuaciones que integran el concepto de simulación de un documento (para que) dicha simulación induzca a error sobre su autenticidad, y dicho documento lo cumplía hasta tal punto que, a través del mismo, Josefa C.G. consiguió el suministro de energía eléctrica», concluye.