La mujer de Benejúzar que prendió fuego al violador de su víctima tendrá que ingresar en prisión. La Audiencia Provincial ha denegado la petición del abogado de la defensa, Joaquín Galant, de paralizar el encarcelamiento hasta que el Tribunal Supremo resuelva el recurso contra la decisión del Consejo de Ministros de denegar el indulto. Fuentes cercanas al caso señalaron que María del Carmen García está "desolada" y no comprende por qué la Audiencia no ha atendido su petición.

María del Carmen García debe cumplir una pena de cinco años y medio de cárcel por haber prendido fuego tras rociarle con gasolina al hombre que años antes había violado a su hija. Aunque la Audiencia la condenó a nueve años de prisión, el Supremo redujo la sentencia al considerar que la mujer sufrió un trastorno mental al encontrarse paseando por el pueblo al violador de su hija. A pesar de que tanto la sala como la Fiscalía habían respaldado un indulto parcial de la mitad de la condena, el Consejo de Ministros denegó conceder la medida de gracia. Con esto bastaría para frenar el encarcelamiento, dado que la mujer ya había pasado un año en prisión preventiva. Mientras se tramitaba el indulto, la ejecución de la sentencia había estado paralizada.

Galant ha recurrido la decisión al Supremo por considerarla "discriminatoria" y "arbitraria" y había solicitado que mientras se resolvía esta apelación se paralizara el encarcelamiento. Sin embargo, la sala no ha aceptado la petición. Fuentes judiciales señalaron a este diario que la Ley no contempla que se tenga que suspender la entrada en prisión mientras se tramita este recurso. La resolución de la Audiencia no especifica en qué fecha tendrá que ingresar en un centro penitenciario para empezar a cumplir la pena, motivo por el que desde la defensa se solicitará hoy una aclaración a la sala. Sin embargo, todo apunta a que el encarcelamiento es inminente.

La Fiscalía ya se pronunció la semana pasada sobre este extremo al pedir que María del Carmen García ingresara en prisión para empezar a cumplir la condena. Desde el ministerio público se incidió en que la doctrina del Tribunal Supremo establece que las sentencias penales deben ser cumplidas de manera efectiva e inmediata una vez que son firmes.

Uno de los argumentos que expone el letrado en el recurso ante el Tribunal Supremo por la denegación del indulto es por el hecho de que la medida de gracia se concedió a condenados por hechos graves, como es el caso del conductor kamikaze que mató en Valencia a un joven por circular varios kilómetros en dirección contraria. En aquel caso, la aplicación del indulto contó con los informes contrarios tanto del fiscal como de la propia sala.