La sección VII de la Audiencia ha desestimado el recurso presentado por el concejal del PP en Orihuela, Roberto López, contra la sentencia del juzgado de Instrucción 1 que le condenó por una falta de lesiones y otra de amenazas, según el texto de la resolución a la que ha tenido acceso INFORMACIÓN. Como ya dijo la primera sentencia, el edil tendrá que pagar dos multas que suman 600 euros e indemnizar a la denunciante (quien también es condenada) al pago de 300 euros. por las lesiones cauisadas. La resolución es firme.

La sentencia, que firma el magistrado José Teófilo Jiménez, desestima el único argumento de la defensa, que se basaba en un error en la apreciación de la prueba (los hechos que sirvieron al magistrado para emitir su resolución). La Audiencia, en cambio, se basa en un argumento doctrinal largamente estudiado: el principio de la libre valoración de la prueba que, a su juicio, se cumple.

Los hechos se remontan a la madrugada del 15 al 16 octubre durante una refriega en mitad de las fiestas de una pedanía oriolana. Empujones, tirones del pelo, arañazos y amenazas que acabaron con el edil, su esposa y dos personas más cruzándose denuncias en Comisaría tras pasar por el centro de salud. Sólo uno de ellos, el otro varón, fue absuelto. Al concejal se le condena porque se considera probado que cogió por el cuello a Ana Belén García y le ocasionó varios moratones, además de amenazarla. El edil argumentó en la vista que él sólo intervino para separarla a ella y a su pareja que se estaban peleando en la puerta de acceso a la carpa de fiestas. El PP, en su día, defendió al concejal.