El exalcalde de Torrevieja y diputado autonómico del PP Pedro Ángel Hernández Mateo ha sido condenado a tres años de prisión y siete de inhabilitación por prevaricación y falsedad documental en la adjudicación del servicio municipal de recogida de basuras en 2004.

Según la sentencia hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, el exalcalde manipuló el proceso de adjudicación mediante un complejo sistema para conseguir un solo objetivo: adjudicar el contrato, valorado en 97,8 millones de euros, a la UTE "Necso Entrecanales-Grupo Generala de Servicios".

Esta actuación "solo puede calificarse de arbitraria y lesiva para el interés público" y para el resto de empresas que concurrieron al concurso, señala la resolución, que además condena a Hernández Mateo a pagar una multa de 10.500 euros y a indemnizar al ayuntamiento con otros 12.000.

El "plan preconcebido" del entonces alcalde de Torrevieja comenzó a ejecutarse en la mesa de contratación municipal celebrada el 24 de marzo de 2004, en la que expusieron los informes técnicos sobre las empresas candidatas a la adjudicación y en la que él se postuló a favor de la oferta de Necso.

Ante las opiniones discrepantes de los técnicos municipales, Hernández Mateo anunció, por primera vez en la historia del Ayuntamiento de Torrevieja, que iba a recurrir al asesoramiento externo mediante la petición de informes a tres despachos de abogados -mínimo exigido por la ley de contratación pública-.

Sin embargo, el alcalde sólo consultó realmente con un despacho, "Ariño y Asociados", que además tenía una relación laboral con la empresa que consiguió la adjudicación.

El objetivo de esta consulta externa, con la que "faltó a la verdad", era "dotar el proceso de una extrema seguridad, profesionalidad y objetividad" para eludir los informes internos contrarios.

El alcalde ordenó escribir y firmó dos resoluciones municipales explicando que se había consultado a los tres despachos, y ahí es donde radica el delito de falsedad documental, porque, tal y como ha quedado probado, uno de esos despachos ni siquiera existía.

La adjudicación siguió un rápido curso hasta una nueva reunión de la mesa de contratación que se celebró el 8 de abril, donde finalmente se aprobó la propuesta de Necso.

Según entiende la Sala de lo Civil y lo Penal, Hernández Mateo alteró la composición de esta mesa incrementando en dos el número de vocales para asegurarse el voto favorable a su propuesta.

También era la primera vez en sus quince años como alcalde que aumentaba los vocales de la mesa, y lo hizo, según el fallo, "para asegurarse la mayoría" sin tener que hacer uso de su voto de calidad, algo que "habría levantado sospechas de los demás grupos políticos".

En resumen, Hernández Mateo, además de firmar resoluciones que se han demostrado falsas, "manipuló" la voluntad de diferentes órganos municipales que participaron en el proceso de adjudicación para "sortear" la oposición de los técnicos y conseguir que el contrato se adjudicara a Necso.

Las sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, le considera autor de un delito de falsedad en documento oficial en concurso con un delito continuado de prevaricación.

Además de los tres años de prisión, le impone siete años de inhabilitación para cualquier cargo público electo circunscrito al ámbito local.