El Tribunal Supremo (TS) ha enmendado la sentencia dictada en 2009 por la Sección VII de la Audiencia al rebajar de nueve años y medio a cinco años y medio la pena de prisión a imponer a María del Carmen García Espinosa, la vecina de Benejúzar que roció el 13 de junio de 2005 con gasolina a Antonio Cosme Velasco, quien años antes había sido condenado a 9 años de cárcel por violar en 1998 a una hija menor de María del Carmen, que entonces contaba con 13 años. Éste se encontraba disfrutando de un permiso carcelario cuando ocurrieron los hechos y falleció a consecuencia de las quemaduras sufridas. El TS entiende que concurre en la acusada una eximente incompleta debida al estado emocional que sufrió al volver a verlo, lo que le lleva a rebajar en dos grados la pena a imponer por el asesinato. Para la sala, la mujer sufrió una "explosión mental que disminuyó sus facultades volitivas"; es decir, creen que no era plena consciente de lo que hacía.

La Sala de lo Penal admite la tesis del letrado de la defensa, Joaquín Galant, quien invocó un error en la apreciación de la prueba que llevó a la condena. El abogado, de hecho, consideraba que su cliente era inimputable; es decir, que concurría una eximente completa. Para ello se basó en una abundante prueba documental, como el informe del centro de salud al que fue trasladada tras la detención, en el que se dice que sufría: "un trastorno de ansiedad", el informe forense que añade: "presenta importantes lagunas amnésicas y dificultad para mantener el curso de una conversación"; y las declaraciones de otros médicos y psiquiatras. Para la defensa, la mujer actuó "bajo los efectos de una emoción intensísima (terror por su hija) con un solo objetivo (apartarlo de allí)".

La sala acoge parcialmente esta tesis, además, por las propias razones que expresa la Audiencia cuando admite que "tal trastorno mental (lo ocurrido con su hija y el acusado) tuvo una especial trascendencia en la comisión de los hechos y tales factores psicológicos, unidos al hecho de la visión y acercamiento a ella de la víctima, reactivan la obcecación que tenía con Antonio Cosme desde la violación, provocando un estado emocional y de ansiedad de tal intensidad que fue más allá de lo que podría calificarse de una parcial ofuscación pues consideramos que el estímulo exterior recibido por la acusada fue de tal calado emocional que su reacción fue proporcional a su acción agresiva".

Reacciones

El abogado Joaquín Galant no se mostraba ayer especialmente satisfecho con el fallo judicial porque aseguró que había argumentos suficientes para que el tribunal hubiera aceptado la eximente completa, es decir el trastorno mental, y por lo tanto que su cliente hubiera sido absuelta. Galant también explicó que va a solicitar una aclaración del fallo judicial.

Mari Carmen García ingresaría en el módulo psiquiátrico de la cárcel de Fontcalent. De los cinco años a los que ha sido condenada podría cumplir entre un año y un año y medio, según el letrado, que valoró muy positivamente la actitud y colaboración de Mari Carmen a la hora de asumir su tratamiento, lo que permitiría que dejara el centro penitenciario dentro de ese límite.

Tanto María del Carmen como su hija Verónica rechazaban ayer pronunciarse sobre el fallo judicial, según les recomendó su abogado y éste explicó al diario.

La muerte de Antonio Cosme y las circunstancias que lo rodearon causó una profunda conmoción en Benejúzar. La mayoría de los vecinos que se han atrevido a manifestarse públicamente sobre este asunto lo hacen claramente a favor de la familia del fallecido.