El conflicto surgido entre el Ayuntamiento de Guardamar del Segura y la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda sobre quién tiene que asumir las consecuencias económicas o patrimoniales (que podrían alcanzar los 30 millones euros o su equivalente en suelo urbano) ante el recién aprobado Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de las Lagunas de la Mata y Torrevieja, que protege unos 70.000 metros cuadrados, hasta ahora urbanizables del SUP 8 en El Raso, pudo haberse resuelto hace 12 años. En octubre de1998 técnicos de la Conselleria de Medio Ambiente, un ingeniero de montes y un técnico de espacios naturales, firmaron un informe sobre el avance del Plan General de Ordenación Urbana de Guardamar del Segura (PGOU) que señalaba que, ese momento, no existía "obstáculo legal ni responsabilidad patrimonial exigible que impida la desclasificación del SUP 8 en el plan urbanístico del Raso, volviendo a su condición de Suelo No Urbanizable".

Ahora la administración local o la autonómica tendrán que indemnizar o ceder unos 70.000 metros cuadrados de terrenos urbanizables, valorados a precio de mercado en unos 30 millones de euros, (casi 5.000 millones de las antiguas pesetas), a los propietarios del suelo a cambio de los terrenos que se protegen ahora en el Raso ya que el PORN aumenta la zona protegida de manera definitiva del Parque Natural de 100 a 500 metros dejando sin efecto las directrices el último PGOU aprobado en 2003 por la propia conselleria y gobernando en el municipio el PP.

Incumplimientos

Los técnicos de la conselleria en su documento argumentaban la desclasificación del Raso en "los incumplimientos reiterados y evidentes (de los propietarios y urbanizador del Raso con el Ayuntamiento), causa bastante para la resolución de los convenios" (alcanzados por ambas partes) y además para fundamentar la desclasificación del SUP 8 por cuanto tal clasificación tenía como único fundamento el proceso de publicación de plusvalías (unos 500 millones de las antiguas pesetas hacia el Ayuntamiento) que según se aprecia resulta desatendido por la propiedad". En la actualidad con la aprobación del PORN, la Conselleria pretende obligar al Ayuntamiento de Guardamar a que asuma íntegramente las consecuencias derivadas de la protección de esa zona. Pero la administración local ha presentado un recurso contencioso administrativo contra el decreto autonómico del 31/2010 de 12 de febrero del Consell por el que se aprueba el PORN.

Responsabilidad del Consell

En el mismo se indica que el recurso no se debe a que el Consell aumente la protección de la zona natural del parque ampliando una franja de 100 a 500 metros. Se motiva en que estos terrenos, que suman un total de 70.000 metros ubicados en el Plan del Raso, están calificados en el PGOU como urbanizables y el Gobierno Valenciano pretende que el Ayuntamiento asuma la reubicación de los aprovechamientos urbanísticos en otros lugares del municipio.

El recurso del Ayuntamiento insta al Consell a que asuma todas las consecuencias derivadas del PORN ya que "de conformidad con la doctrina jurisprudencial de la responsabilidad del legislador dicha reubicación habría que situarla en el ámbito de las consecuencias de la norma que debe ser asumida por el autor de la misma lo que, por tanto exime al Ayuntamiento de cualquier obligación al respecto". El recurso municipal argumenta lo expuesto asegurando que "fue el propio Consell quien aprobó el PGOU con la zona urbanizable en el Raso y ahora la quita", por ello, "debe hacer frente a las consecuencias".

Los terrenos reclasificados pasan a ser zona verde con el PORN para que actue de colchón de amortiguación de impactos, liberándolos de edificación pese a que todas las infraestructuras (viales, iluminación, alcantarillado), están construidas.