Ibermutuamur, mutua colaboradora con la Seguridad Social, el Colegio Oficial de Graduados Sociales y la Universidad de Alicante Universidad de Alicantehan firmado un convenio de colaboración que permitirá que el alumnado matriculado en el Grado de Relaciones Laborales y Recursos Humanos realizar prácticas académicas externas en Ibermutuamur. El objetivo, tal y como han comentado los responsables de las tres instituciones firmantes, es que "adquieran una valiosa experiencia para la futura incorporación al ejercicio de sus respectivas actividades profesionales".

El convenio ha sido rubricado hoy por Rafael Patrocinio Rodríguez Gómez, director de Ibermutuamur en Alicante, por Manuel Palomar Sanz, rector de la Universidad de Alicante (UA), y por María Antonia Oliva Verdú, presidenta del Colegio Oficial de Graduados Sociales de la provincia levantina.

Rafael Patrocinio Rodríguez ha manifestado que, "de esta forma, Ibermutuamur apoya el futuro de un colectivo de gran importancia en las empresas para el desarrollo de políticas de gestión de personas"

A su vez, el rector de la UA, Manuel Palomar, ha destacado el valor de este tipo de "alianzas" que ha calificado de "necesarias para que nuestro alumnado se enfrente con mucha más solvencia y acreditación a un mercado laboral cada vez más exigente".

Por su parte, María Antonia Oliva ha recalcado que "el Colegio de Graduados Sociales de Alicante está abierto a cualquier actividad que se proponga en beneficio de los actuales y futuros colegiados."

Las partes se comprometen a promover la realización de prácticas académicas externas curriculares en Ibermutuamur de los alumnos matriculados en los Grados de Relaciones Laborales y Recursos Humanos, desarrollando así el convenio de colaboración general firmado el pasado mes de junio con el Consejo General de Colegios de Graduados Sociales de España para la promoción de este tipo de prácticas académicas.

Ibermutuamur es una entidad colaboradora con la Seguridad Social de ámbito nacional, cuya actividad, que depende del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, consiste en la cobertura de las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional), que incluye la asistencia sanitaria, la rehabilitación, el abono de la prestaciones económicas derivadas del accidente de trabajo y enfermedad profesional -incapacidad temporal, lesiones permanentes no invalidantes, incapacidad permanente (parcial, total, absoluta y gran invalidez), muerte y supervivencia (auxilio por defunción, viudedad, orfandad y en favor de familiares), riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural y la prestación económica para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave- y la mejora de las condiciones de trabajo y salud en las empresas; la gestión de la incapacidad temporal (baja laboral) por contingencia común (enfermedad común y accidente no laboral); y la protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.