El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº8 de Madrid ha dado la razón a la Federación de Enseñanza de CCOO, al estimar su recurso contra la resolución del Ministerio de Educación por la que se fija el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora, de noviembre de 2016, y anular y dejar sin efecto el primer artículo de la misma por discriminar al profesorado interino o temporal.

"Dado que la resolución objeto de este contencioso establece que únicamente pueden presentar la solicitud de evaluación de la actividad investigadora los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes universitarios (...), aun cuando es lo cierto que no prohíbe ni excluye expresamente a los funcionarios interinos solicitar la evaluación de la actividad investigadora (...), tácitamente impediría a estos solicitar dicha evaluación al amparo de la resolución impugnada, y, en todo caso, podrían denegarse sus solicitudes, obligándoles a recurrir la denegación", señala la sentencia a 26 de diciembre de 2017.

Como consecuencia de lo expuesto, este juzgado aprecia una "vulneración del principio de discriminación respecto del personal docente universitario temporal", lo que ha determinado la estimación del recurso y la anulación el artículo 1º de la Resolución de 30 de noviembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, en el particular en el que se refiere a los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes universitarios y de las escalas de Profesores de Investigación, Investigadores Científicos y Científicos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

5.000 Afectados

Según ha explicado la abogada de CC OO y autora del recurso, Carmen Perona, la resolución de noviembre de 2016 afecta a más de 5.000 interinos y contratados doctores. Estos, tras el fallo judicial, podrían instar al Ministerio de Educación la evaluación de su actividad investigadora y reclamarle una "indemnización por el daño causado", ya que durante el último año no han cobrado el complemento mensual de los sexenios de investigación.

Además, Perona ha explicado que la Federación de Enseñanza de CC OO ha pedido una reunión urgente al Ministerio de Educación para exigirle que modifique la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora publicada en el BOE del 16 de diciembre de 2017, exacta a la anulada por el juez, "de manera que se garantice al personal docente e investigador temporal el derecho a ser evaluado por su actividad investigadora, tal y como reconoce la sentencia, y se amplíe el plazo de presentación de solicitudes".

Además, el sindicato también se dirigirá a la Presidencia de CRUE Universidades Españolas "para que las universidades habiliten los procedimientos oportunos".

Respuesta ministerial

Fuentes del Ministerio de Educación han indicado que este departamento acata la sentencia y que, por tanto, no la va a recurrir. Además, han asegurado que precisamente, este mismo martes 9 de enero, el secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Marcial Marín, ha firmado la modificación de la última resolución publicada el pasado mes de diciembre para evitar que los interinos se queden fuera de la misma.

Asimismo, han apuntado que el departamento que dirige Íñigo Méndez de Vigo llevaba semanas trabajando en el cambio que contempla el fallo judicial y que no lo ha realizado antes porque los servicios jurídicos del Estado consideraban que hasta ahora no se daban las circunstancias para llevarlo a cabo. "El Ministerio no solo respeta la sentencia, sino que la acata con gusto porque era su intención modificar la resolución", ha subrayado un portavoz.