La Junta Electoral de la Comunidad Valenciana (JECV) ha desestimado las reclamaciones presentadas por el PSPV, Compromís, EUPV y la coalición Verds i Ecopacifistes contra el Plan de Cobertura Informativa de la campaña electoral presentado por Radio y Televisión Valenciana (RTVV).

El organismo electoral también ha rechazado las quejas presentadas por todas estas formaciones políticas, excepto el PSPV, contra el Plan de Cobertura Informativa de Radio Televisión Española (RTVE), según consta en cuatro resoluciones de la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana.

En la resolución referente a los socialistas, la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana señala que no le corresponde adoptar acuerdo alguno sobre las reclamaciones sexta --moderador propuesto por RTVV para conducir los debates de carácter municipal--, octava --criterios que han sido utilizados para la selección de los municipios de los que se emitirán o debates o información electoral-- y novena --orden de emisión de los debates de las seis principales ciudades de la Comunidad-- del escrito presentado por la representante del PSOE.

El PSPV también presentó otras reclamaciones sobre el formato del debate propuesto, la grabación del debate y emisión en diferido, la fecha para la emisión del debate de política general, el horario de emisión de los debates propuestos, el moderador propuesto por RTVV para conducir el debate entre los candidatos a la Presidencia de la Generalitat y la propuesta de programación de un 'cara a cara' entre los principales candidatos y formatos del tipo 'tengo una pregunta para usted'.

NO SE VULNERA LA LEY

Al respecto, la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana considera que el formato de los debates o de otro tipo de programas, la grabación previa en falso directo y la emisión subsiguiente en el mismo día, la fecha seleccionada para la emisión del debate de Política General, el horario de emisión de los debates y el moderador propuesto por TVV para el debate de Política General programado por Televisión Valenciana "no contienen, en sí mismo considerados, elementos que permitan declarar que vulneran alguno de los principios que proclama el artículo 66 de la Loreg".

Asimismo, señala que la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana "no puede invadir el espacio que la Junta Electoral Central, en numerosas y reiteradas Resoluciones, ha reconocido a los medios de comunicación en el diseño y organización de dichos espacios de debate o información electoral", ni tampoco puede "anticipar lo que, a posteriori, podría resolver la propia Junta Electoral, en el caso de que alguna de las actuaciones realizadas por los medios de comunicación fuera objeto de alguna reclamación por vulneración de los expresados principios".

En referencia, finalmente, a la reclamación de los socialistas sobre espacios promocionales de los debates, la JECV constata que "todo parece indicar que el anuncio de la emisión de los debates es competencia del propio medio que va a emitirlos".

Respecto a la reclamación de Compromís, la Junta asegura que no le corresponde adoptar acuerdos en relación con las reclamaciones que se presenten contra la ordenación de los debates municipales de Valencia y Alicante, incluida en el Plan de cobertura informativa de la campaña electoral presentado por Radio y Televisión Valenciana.

TIEMPOS EN LOS INFORMATIVOS

Por lo que se refiere a la exigencia de Compromís de que TVE especifique y concrete el tiempo dedicado en informativos a seguimiento de campaña, explica que "del tenor literal del Plan de cobertura informativa de la campaña electoral presentado por Televisión Española se desprende la duración total del bloque de información electoral prevista en el informativo Territorial L'Informatiu" --de lunes a viernes entre las 14.00 y las 14.25 horas--.

Finalmente se solicita por Compromis que RTVV garantice que el tiempo dedicado a las fuerzas sin representación no supere el otorgado a la candidatura reclamante. En relación con ello, la JECV destaca que es la "conjunción" de los principios de "proporcionalidad" y de "pluralismo político" "la que justifica la asignación de un tiempo mínimo para aquellas formaciones políticas que no concurrieron o no obtuvieron representación en las elecciones anteriores equivalentes".

COALICIÓN DE 2007

En las resolución respecto a las quejas de EUPV y la coalición Verds i Ecopacifistes, el organismo electoral de la Comunidad explica, por lo que se refiere a las candidaturas que concurren a las presentes elecciones a las Cortes pero que en las elecciones autonómicas de 2007 formaron parte de una coalición electoral que ya no se presenta como tal, que la distribución de los votos obtenidos por la coalición en las elecciones en 2007 se hará en proporción al número de diputados que cada partido integrante de la misma obtuvo en el momento de constitución de las Cortes Valencianas en la VII legislatura.

La Junta Electoral recuerda que la coalición electoral Esquerra Unida-Bloc-Verds-Izquierda Republicana: Compromís pel País Valencià obtuvo un total de 195.116 votos en las elecciones a las Cortes de 2007. En concreto, se tiene en cuenta que EUPV logró "cinco diputados: 139.369 votos" y que Bloc-Iniciativa-Verds --coalición Compromis-- obtuvo "dos diputados: 55.747 votos".