Una consulta de una empresa con domicilio social en Madrid puede dar un giro copernicano al conflicto sobre las emisiones de TV3 en la Comunitat Valenciana. Según el acuerdo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) del pasado 17 de febrero, las infracciones a los propietarios de los repetidores "debe realizarse a través de una norma con rango de Ley dictada en base a la competencia exclusiva del Estado en materia de telecomunicaciones recogida en el artículo 149.1.21 de la Constitución Española".

Es decir, la Generalitat no podría sancionar a Acció Cultural del País Valencià por la emisión de la señal de la Televisión Catalana en las antenas de su propiedad porque no tiene competencias.

Esta resolución del máximo órgano competente de las telecomunicaciones es fruto de la pregunta de la empresa Radiodifusión Digital S.L. En concreto, la consulta, centrada en la Comunitat Valenciana, era la siguiente: "¿quedaría invadido el ámbito de competencias de la CMT si las comunidades autónomas definieran infracciones y sanciones para los operadores de redes de telecomunicaciones, en concreto, de torres y casetas apoyo del sistema radiante o equipamiento técnico gestionado por otro operador, para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas a los prestamistas de servicios de comunicación audiovisual televisiva sin título habilitante?".

La CMT contesta que solo ellos y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones son competentes para sancionar a los propietarios de los repetidores y no las autonomías. Es más, considera que las antenas difusoras de señal "son servicios de comunicaciones electrónicas, para cuya prestación los operadores únicamente deben realizar la previa notificación prevista en el artículo 6.2 de la Ley General Telecomunicaciones a esta Comisión". O lo que es lo mismo, para emitir la señal de TV3, ACPV solo debería pedir permiso a esta entidad reguladora, argumento que ya esgrimen en los recursos a las sanciones, actualmente tramitados en el TSJ y el Supremo. De hecho, desde la entidad cívica anunciaron que incorporarían al procedimiento esta resolución.

Esta competencia estatal fue el argumento del Consell para no sancionar duramente a las más de 400 radios que emiten de manera ilegal en la C. Valenciana.

La empresa solicitante

La firma que realiza la pregunta a la CMT, Radiodifusión Digital SL, está administrada por Ignacio Sánchez Pasquín, Antonio Joaquín Fábregues, Esteban Ortiz de Urbina y Miguel Ángel Prieto, apoderados de Ingest 2002, empresa que tumbó la concesión de TDT en Cataluña tras una denuncia.

Camps y Mas hablarán de TV3 y otros temas en Valencia el día de la final de Copa del Rey

Los presidentes de los gobiernos valenciano y catalán, Francisco Camps y Artur Mas, trabajan para celebrar una reunión en abril, concretamente el día 20 para aprovechar el viaje del mandatario catalán a Valencia con motivo de la final de Copa del Rey que enfrentará al Real Madrid y al FC Barcelona.

Fuentes del Consell de Camps aseguraron que se abordarán cuestiones que "afectan a los dos territorios", entre las que destacan las emisiones de TV3 y el corredor mediterráneo. La última vez que los presidente de ambas autonomías se juntaron fue en la anterior final de Copa que se celebró en Valencia en 2009 y que enfrentó a Barça y Athletic.

El Gobierno valenciano realizó este anuncio después de que el portavoz del gobierno catalán, Francesc Homs, anunciara la reunión por la mañana. Homs aseguró que ambos presidentes han cuadrado sus agendas para poder celebrar su primer encuentro institucional desde que Mas tomó posesión de su cargo, a finales de diciembre de 2010.

Por su parte, el conseller de Presidencia de Baleares, Albert Moragues, expresó la "solidaridad del Govern con Acció Cultural del País Valencià" por el cese de las emisiones de TV3 en la Comunitat Valenciana. Moragues hizo esta declaración en el pleno del Parlament balear preguntado por las emisiones de la televisión autonómica catalana en el archipiélago, donde se difunde TV3 por un acuerdo recíproco entre Baleares y Cataluña.