La madre de Enaitz Iriondo, el menor de diecisiete años que murió atropellado por un turismo en 2004, pide el apoyo de los ciudadanos ante la vista oral que se celebrará, el próximo miércoles, después de que el conductor del vehículo pidiera una indemnización a los padres del fallecido por los daños ocasionados al coche. La mujer resalta que en el control de alcoholemia que se hizo al conductor una hora y media después del accidente, éste dio una tasa de "0,15 miligramos por litro de aire espirado", el límite permitido.

"Estamos pasando un calvario", asegura la madre del joven que, aquel día, volvía en bicicleta al camping de Castañares (La Rioja); en el que pasaba las vacaciones con sus padres. Y es que, tras intentar "rehacer" sus vidas, tal y como explica, se enfrentan a una demanda civil del conductor del vehículo que mató a su hijo.

"Os pedimos ayuda a quienes puedan acompañarnos", transmite la familia a través de la página web de Stop Accidentes. La vista oral se celebrará a las 9:30 horas, en el juzgado de Haro. El conductor del vehículo pide a la familia del joven fallecido 20.000 euros por los daños sufridos en su vehículo siniestrado y la sustitución del mismo por otro durante el tiempo que ha trascurrido desde la fecha del accidente.

Paralelamente, la familia está a la espera de otra resolución judicial, ya que ha impulsado un recurso ante el Tribunal Constitucional, basándose en que el turismo "iba a 173,90 kilómetros por hora en una carretera donde la velocidad máxima permitida es de noventa y hubiera dado una tasa de alcohol superior a la establecida".

REGRESABA EN BICI

El 26 de agosto de 2004, Enaitz regresaba al camping en bici después de haber estado en el pueblo, situado a dos kilómetros. Fue "tan cauto", explica la madre, Rosa María Trinidad, que volvía al camping utilizando un camino vecinal que discurre paralelo a la carretera secundaria LR-111. "Sin embargo, al salir a la carretera LR-111, el conductor de un Audi A8 que circulaba a gran velocidad lo arrolló y lo mató".

Un 'Informe Técnico' elaborado por un perito estableció que la velocidad instantes previos al impacto del turismo, tomó un valor de 173,9 kilómetros hora. El límite de velocidad máximo permitido en esa carretera era de noventa. "La frenada fue tan fuerte que las huellas de la frenada estuvieron allí durante casi un año".

Del mismo informe, añade la madre, se puede concluir que el impacto no se produjo en el momento en el que se incorporó desde el camino a la calzada, sino que después que la bicicleta había circulado varios metros. A una velocidad de 173,9 kilómetros hora la distancia que se atraviesa es de 44,4 metros en un segundo. "Y desgraciadamente esto está en contraposición con lo que señala el atestado".

"El impacto fue tan brutal dada la velocidad del coche que mi hijo voló por los aires a mas de 18 metros de altura, sobrepasando la luz de las farolas que estaban ubicadas en dicha carretera", explica.

No obstante, señala, "tal como se realizó y redactó el atestado del accidente, no se dio ninguna importancia a la velocidad que iba el coche, destacando, únicamente, que Enaitz iba sin chaleco reflectante y casco". Añade a esto que "al conductor se le realizó el control de alcoholemia una hora y media después del accidente, e incluso entonces dio una tasa de 0,15 miligramos por litro de aire espirado".

En cuanto a la demanda del conductor, la madre explica que "solicita el pago de los desperfectos de producidos en su coche por el atropello (valorados en 14.000 Euros); y además pide otros 6.000 Euros por el tiempo en que ha tenido que utilizar otro coche sustituto para trabajar".