Un juzgado de lo Penal ha absuelto a un invidente acusado de un caso de malos tratos a su pareja en el domicilio en el que ambos convivían en San Vicente del Raspeig, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La juez no ha encontrado pruebas de que la víctima hubiera sido agredida por el acusado.

La mujer denunció a los agentes que el acusado la había golpeado en un ojo y le había propinado un mordisco en el brazo, pero los propios funcionarios hicieron constar que la mordida era pequeña para el volumen del acusado y que no vieron indicios de pelea en la vivienda. La víctima no compareció en el juicio y estaba en rebeldía, por lo que la juez considera que no había pruebas suficientes para condenar al acusado. Ella también había sido denunciada por el acusado por haberle maltratado, pero se encontraba en situación de rebeldía y no ha podido ser enjuiciada.

Discusión

Los hechos ocurrieron en diciembre de 2014 en el domicilio que compartía el acusado con la denunciante en San Vicente del Raspeig. El procesado, que está defendido por la abogada María Ángeles Román, declaró que había tenido una relación con la denunciante pero que ya no la tenían y llevaba un tiempo pidiéndole que se marchara de la vivienda, pero ella seguía en el domicilio. Según su versión, la noche de la discusión fue él quién llamó a la Policía Local para que se la llevaran y negó haberla agredido. El hombre mantenía que no sabía cómo se había causado ella las lesiones que presentaba porque no pudo verlo a causa de su problema de visión, aunque deducía que debían ser autoinfligidas.

El acusado señaló que en la época en la que ocurrieron los hechos tenía aún un poco de visión pero para ver a alguien tenía que estar a menos de medio metro de distancia y para pegar a alguien necesitaría ayuda de otra persona. Según su versión, la relación duró diez meses e intentó que se marchara de casa una vez terminada, llegando a amenazar la mujer con tirarse por la ventana. El hombre sostuvo que había sufrido trastorno de estrés postraumático por esta situación.

Los agentes de la Policía Local de San Vicente que declararon en el juicio avalaron la versión del acusado. Según manifestaron, al llegar a la vivienda la encontraron a ella llorando y a él abatido. La mujer presentaba lesiones en un ojo y tenía la señal de un mordisco en el brazo y aseguró que el acusado la había amenazado con un cuchillo. Los funcionarios aseguraron que no les cuadraba lo que la mujer estaba denunciando y que ésta no logró explicarles el modo en que se produjo la agresión por el acusado a pesar de ser invidente. Los agentes tampoco vieron que éste presentara lesiones, ni vieron desorden en la vivienda ni señales de pelea. Tampoco encontraron el cuchillo con el que la mujer habría sido amenazada. A pesar de todo, procedieron a su arresto como presunto autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar.

«Las declaraciones de los agentes intervinientes son absolutamente claras, rotundas y contundentes y apoyan la versión del acusado y hacen dudar de la versión de ella, que ha sido condenada por maltrato contra el acusado», asegura la juez en la sentencia. En el fallo, la magistrada incide en que «las dudas que se plantean en torno a la versión de los hechos ofrecidos por ella no pueden resolverse en perjuicio del acusado sino en beneficio de él».

Hechos no prescritos

Al remontarse los hechos a diciembre de 2014, la defensa había planteado que los hechos podrían estar prescitos, ya que la causa tardó dos años en ser enviada a juicio. La magistrada lo rechazó porque el plazo tendría que haber sido de tres años. Aun así, el juicio se ha saldado con la absolución del procesado por la falta de pruebas contra él.