La Audiencia de Alicante ha absuelto a los hermanos Rafael y José Vicente Gregory por no encontrar probado que falsearan averías de sus camiones con el objetivo de reducir deuda con sus acreedores, según la sentencia notificada ayer. Ésta es una de las cinco piezas separadas en las que se dividió la macrocausa por la presunta estafa de Autisa. En otra sala de la Audiencia está pendiente otro juicio con quince acusados en el banquillo, que se basó en escuchas obtenidas durante la investigación del caso Brugal y en el que se ha pedido la nulidad de los pinchazos.

Las distintas causas abiertas vienen del enfrentamiento que los Gregory tenían en los tribunales como responsables del grupo Autisa con VFS, la financiera del grupo Renault, que aparecía como entidad acreedora en el concurso de acreedores que tenía en el juzgado. En este procedimiento sentenciado ayer, VFS se retiró como acusación el mismo día del juicio. La Fiscalía, tras escuchar las declaraciones de los tres acusados, renunció a seguir interrogando al resto de los testigos, manteniendo su acusación a efectos formales por vía de informe, lo que equivale a pedir la absolución. En esta causa se sentaban en el banquillo los dos hermanos, así como un tercer empresario que les habría ayudado a simular las averías de camiones.

En un acuerdo entre Autisa y VFS, la empresa de los Gregory reconoció la titularidad de su acreedor sobre un total de 370 camiones, aunque 23 de ellos habían sido transmitidos a terceras sociedades. Las rentas de los camiones alquilados pasarían a pagarse a VFS. El tercer acusado es un empresario que tenía alquilados varios vehículos a los Gregory.

El fallo de la Sección Tercera declara probado que las rentas que este acusado debía abonar a los Gregory fueron en parte compensadas con cantidades que, según las facturas aportadas, respondían a los gastos de paralización de los camiones o bien a las reparaciones que asumió la mercantil denunciada. La sentencia considera que no ha quedado probado que esas facturas no respondieran a la realidad o que se tratara de averías simuladas.

Los contratos establecían que en caso de que los camiones estuvieran paralizados por una reparación mecánica o por cuestiones de mantenimiento, el arrendatario no debía pagar las cuotas, durante el tiempo en que el vehículo se encontrara en el taller.

La sentencia señala que los acusados manifestaron en el juicio que el contenido de las facturas presentadas para justicar los descuentos era real. «Las reparaciones se produjeron a criterio del personal del taller (...) y ante la falta de prestación de ese servicio por parte de Autisa (...) se tuvo que recurrir a otros talleres autorizados o a servicios oficiales y no oficiales», explica la resolución. Las acusaciones se basaron en un informe pericial presentado por la documentación aportada por los acusados para justificar las reparaciones y hubo otro informe que rebatió las conclusiones del otro.