Un tribunal ha aplicado una eximente completa por legítima defensa al implicado en una pelea entre repartidores de pizza porque trató de ayudar a su hermano, que había sido agredido previamente, por lo que fija su condena en solo dos meses de cárcel.

Los hechos ocurrieron sobre las 11.15 horas del 18 de diciembre de 2016, en una tienda de Telepizzaubicada en la calle Bellea del Foc de Alicante, cuando un trabajador increpó a otro con el que mantenía diferencias, le golpeó la cabeza con el codo y le empujó cerca del horno.

Al contemplar esa escena, un hermano del repartidor increpado "no pudo contenerse", salió en su ayuda y propinó un puñetazo en la cara a su compañero que le hizo perder un diente, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.

La sección primera de la Audiencia de Alicante califica la agresión como un delito de lesiones básico y rechaza aplicar su modalidad más grave (deformidad), como pedía el fiscal, porque no hay pruebas de que la pérdida de un diente genere "una desfiguración o fealdad ostensible".

Por otro lado, rebaja la condena que correspondería al agresor tras apreciar la eximente incompleta de legítima defensa, ya que trató de ayudar a su hermano, aunque su respuesta fuera desproporcionada y excesiva.

"Ante la agresión ilegítima de la que era objeto su hermano y ante la necesidad de defensa, el acusado reaccionó con un solo puñetazo", precisa el tribunal.

Recuerda, en este sentido, que el chico agredido en primer lugar se encontraba en el suelo, en un lugar reducido y con "cierto riesgo por la proximidad al horno".

A juicio de los magistrados, esa situación "hubiera provocado en la mayoría de las personas una reacción agresiva", máxime cuando había una "posibilidad real de que hubiera continuado el ataque".

La Audiencia de Alicante ha accedido a sustituir la pena de dos meses de prisión por una multa de 720 euros, a la vez que impone al agresor la obligación de indemnizar a su compañero con 1.400 euros por la prótesis y los tratamientos odontológicos que precisa.

El tribunal declara la responsabilidad civil subsidiaria de esa indemnización de Telepizza SA, porque el delito se cometió "en el centro de trabajo" por un trabajador contra otro durante "el desempeño sus funciones".