La Policía Nacional de Dénia detuvo ayer en Xàbia a un hombre de 47 años que estaba en busca y captura tras ser condenado por el Tribunal Supremo a nueve años y dos meses de prisión por violar a su expareja en Gandía. La Policía había extremado las medidas de protección de la víctima tras conocer que el condenado se encontraba huido de la Justicia y ayer pudo ser localizado y apresado en el municipio de Xàbia.

El Tribunal Supremo anuló inicialmente la condena y ordenó repetir el juicio por agredir sexualmente a su expareja en Gandía después de que el acusado alegara como defensa que estaba recién operado de una vasectomía. Sin embargo, ha sido el Tribunal Supremo quien le ha condenado la pena de nueve años y dos meses de prisión tras ratificar que la presunción de inocencia ha quedado debidamente refutada.

El condenado tenía una orden de alejamiento de 300 metros y prohibición de comunicación durante un plazo de once años, medida que ya le impuso la Audiencia de València.

Los hechos se remontan a finales de abril de 2012 cuando el ahora condenado, de nacionalidad española, violó a su expareja sentimental, en el domicilio de esta, en un municipio de la Safor.

Según ha quedado probado, Juan Manuel R. S., «llevando una máscara en la cara, un cinturón y una botella de whisky», arrastró de los pelos a su excompañera hasta el sofá ya la obligó a mantener relaciones sexuales. «Al no conseguirlo por no lograr una erección, cogió un consolador y se lo introdujo por el ano», aclara la sentencia, que no entra a valorar finalmente la afección de la supuesta vasectomía.

Con esta prueba, presentada por la defensa del acusado, este quería demostrar que las relaciones tuvieron que ser consentidas «ya que tenía la zona genital dolorida y afectada por numerosos puntos de sutura». Eso solo sirvió para que el Tribunal Supremo obligara a la Audiencia de València a revisar la condena de nueve años de prisión que le impuso en septiembre de 2015.

En esta ocasión en el recurso ha alegado dilaciones indebidas, aunque finalmente deberá cumplir incluso dos meses más al considerar el TS que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual en concurso medial con el de lesiones.