La Audiencia de Alicante ha condenado a cuatro años de prisión al director de una fundación por violar a una inmigrante que fue a solicitar un empleo, según la sentencia hecha pública ayer. La entidad sin ánimo de lucro se dedicaba a buscar trabajo a personas necesitadas y a ella había acudido la víctima, una mujer de origen paraguayo para que la ayudaran a encontrar ocupación cuidando a personas mayores. El fallo no es firme y contra él cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

Los hechos ocurrieron la tarde del 18 de noviembre de 2015 cuando la mujer acudió a las oficinas de la fundación para una entrevista con el director. El fallo declara probado que el acusado, de 70 años de edad, le hizo la entrevista en su despacho y que éste le dijo que para obtener trabajo debía hacer un curso que él impartía. Ante esto, la mujer le dijo que no tenía dinero y no podía hacer ningún curso y se levantó para marcharse.

La sentencia relata que, al ver que la víctima se iba y que estaban solos en las oficinas, el acusado se levantó y empujó a la mujer contra la pared, agarrándola por las muñecas con una mano y manoseándola los pechos con la otra. La mujer le dijo que parara, pero el acusado, «aprovechando su situación de necesidad» le realizó promesas de conseguirle trabajo a cambio de que accediera satisfacer sus deseos sexuales. Mientras ella trataba de marcharse, el hombre la cogió de la mano y la llevó a una habitación en la que había una cama donde consumaron la relación. Al acabar, el acusado llamó por teléfono para concertar una entrevista de trabajo.

El hombre mantuvo en el juicio que se trató de una relación consentida, una versión que ha rechazado el tribunal al dar credibilidad a la versión de la víctima. Sin embargo, la sala ha descartado condenar al acusado por violación, como pedía la Fiscalía y que reclamaba una pena de hasta ocho años y medio de cárcel, al entender los jueces que no había quedado acreditado que el acusado usara la violencia o la intimidación para forzar a la víctima.

La sala recuerda que en el juicio el fiscal consideró «inconcebible» que en una entrevista de trabajo alguien a quien no conozca de nada le realice tocamientos en sus partes íntimas y acabe teniendo relaciones sexuales con ella. La sala concluye que «no hubo una relación de igualdad», ya que la mujer se acercó al acusado creyendo que la podía ayudar y que su primera reacción fue de «estupor e incredulidad» y que se quedó «como bloqueada». La sentencia recuerda que la mujer dijo que no opuso resistencia física porque no quería que el acusado la hiciese daño y estaba sola con él en un local extenso.

La sentencia obliga al procesado a indemnizar con 6.000 euros a la víctima.