La Audiencia de Alicante ha condenado a dos años y nueve meses de cárcel a un hombre por amenazar con una pistola al portero de un pub de Aspe que no le dejaba pasar, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La Fiscalía le acusaba de un intento de homicidio, al considerar que el arma no se llegó a disparar porque se encasquilló, un extremo que el tribunal considera que no ha quedado probado tras el juicio.

Los hechos ocurrieron el 26 de mayo de 2013 en la entrada de un pub de Aspe donde el portero no dejaba entrar al acusado tras una discusión. La reacción de éste fue decirle «si quiero te vas cojo a casa» y sacó un revólver con el que le apuntó al pecho y a la cabeza. El arma era de fogueo pero había sido manipulada para disparar munición real. El tribunal no ha considerado probado que llegara a intentar detonar la pistola. Las conclusi0nes de los magistrados se producen ante las declaraciones dispares de los testigos del incidente. El portero aseguraba que llegó a escuchar un sonido como de haber intentado el disparo. Al no salir el proyectil, se abalanzó sobre él y éste accionó el gatillo en varias ocasiones, hasta que pudo reducirle y desarmarle. Otra de sus compañeras aseguró que no vio el arma hasta que el agresor estaba en el suelo, aunque sí que escuchó el clic del gatillo. En la misma línea iban otros testigos próximos al portero. Mientras que desde el entorno del acusado se negó que el arma se hubiera intentado detonar . Algunos aseguraban que ni la vieron y los que sí lo hicieron decían que el procesado apuntaba al suelo.

Ante estas declaraciones contradictorias, el testimonio determinante ha sido el de los peritos de la Guardia Civil que examinaron el arma. El informe de los agentes concluía que la munición que llevaba el acusado no era la más adecuada para este tipo de armas, por lo que podía haberla dañado al ser disparada. Los agentes creen que no es posible que el arma pudiera haber sido detonada, ya que el percutor debería haber dejado una señal en el reverso del cartucho, que no se veía en ninguno de los proyectiles que le fueron remitidos.

Los magistrados concluyen que el ruido escuchado por los testigos podría corresponderse con otra acción del acusado. El fallo le impone nueve meses por amenazas con una atenuante de embriaguez, y dos años por tenencia ilicita de armas.