El Supremo ha condenado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al considerar que discriminó a un juez de Alicante al no seleccionarlo para la bolsa de sustitutos en el último concurso de méritos. El fallo establece que el afectado deberá ser indemnizado por las retribuciones que ha dejado de percibir por no acceder al cargo.

El recurrente había desempeñado durante los seis años anteriores el cargo de juez sustituto en el ámbito de la Comunidad con una «idoneidad demostrada» en sus funciones. Sin embargo, quedó excluido en el último concurso por parte de la comisión que debía evaluar los méritos de los aspirantes en el Tribunal Superior de Justicia. El recurrente, que optaba a un puesto en cualquier partido judicial de la provincia, recibió una puntuación inferior a la de otros miembros con menos antigüedad o que nunca habían trabajado como juez. La propuesta del TSJ valenciano fue aprobada por el CGPJ en julio de 2015. Sin embargo, el Supremo ha anulado ahora dicho acuerdo por no incluir en la bolsa de jueces sustitutos al afectado.

El alto tribunal entiende que las bases del concurso para la provisión de plazas de magistrados suplentes y jueces sustitutos «no garantizan la preferencia» que la propia Ley reconoce a los aspirantes con experiencia en esas funciones. También condena al CGPJ al pago de las costas, 3.000 euros.