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Absuelto por el peso de la maleta

Exonerado un acusado por un equipaje que escondía once kilos de heroína interceptado en El Altet porque el bulto pesaba ocho cuando fue facturado en Pakistán

El equipaje pesaba ocho kilos al facturarlo y en su punto de destino se hallaron casi 12 kilos de heroína. La Audiencia ha absuelto a un ciudadano pakistaní por una maleta interceptada en el aeropuerto de Alicante-Elche con casi once kilos de heroína y que pasó cerca de dos años en prisión preventiva por estos hechos. Según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario, el motivo de la absolución han sido la diferencia de pesaje que tenía la maleta desde el momento en que facturada y cuando fue a recogerla su propietario. El fallo de la Sección Séptima argumenta que la maleta «estuvo extraviada y, por tanto, salió del circuito normal del tránsito de equipajes» y que «no hay ninguna explicación razonable» sobre la diferencia de peso de la maleta. Un dato objetivo que para la sala genera serias dudas sobre la posibilidad de que pudiera ser el acusado quien metiera la droga, por lo que procede a su absolución.

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2014 cuando agentes de la Guardia Civil en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas detectaron una maleta sospechosa de ocultar droga procedente de Pakistán. El juzgado autorizó una entrega controlada del bulto para detener al propietario del paquete sospechoso, ya que el destino final era El Altet. El acusado fue detenido cuando se presentó a recoger la maleta extraviada. En el interior había 11,9 kilos de heroína que podrían haber alcanzado en el mercado un valor de medio millón de euros.

El procesado negaba que esa fuera su maleta y que entre su contenido ni siquiera estaba su ropa. Sin embargo, el juzgado desestimó sus alegaciones y le ha tenido en prisión preventiva desde el día su arresto, hasta que ahora ha recuperado la libertad tras el juicio. El procesado estuvo defendido por el letrado penalista de Benidorm Jorge Martínez Navas que desde el inicio del procedimiento reclamó que se comprobara cuál era el pesaje de la maleta en el aeropuerto de origen, ya que no coincidía con el de la que se entregó en El Altet.

«El mero hecho de figurar como destinatario de la maleta no es prueba suficiente para la condena», asegura la sentencia. El hecho de que en la maleta en la que después fue interceptada la droga haya sido facturada por el acusado en origen «es un indicio importante de su culpabilidad, pero sólo eso» y «es insuficiente para destruir la presunción de inocencia». El fallo recuerda que la defensa aportó los certificados debidamente apostillados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Pakistán que acreditaban cuál era el peso y las características del equipaje en el aeropuerto de origen, así como que el bulto viajaba directamente hasta Alicante «sin que el acusado hubiera podido acceder a ella durante los distintos trasbordos hasta llegar a su destino». Para los magistrados, la diferencia de pesaje es «un hecho objetivo de gran trascendencia», dado que en ningún momento se ha demostrado que hubiera habido un error en el pesaje de la maleta, extremo éste muy improbable dada la rigurosa legislación en materia de seguridad aérea». Los jueces dicen que este cambio de peso deja la puerta abierta a la posibilidad de que una tercera persona pudiera haber metido la droga en el interior.

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