El empresario Enrique Ortiz y la mercantil FCC, con la que formó una Unión Temporal de Empresas (UTE) para las obras del TRAM de Alicante, se enfrentan a una petición fiscal para el pago de una indemnización que ronda los 900.000 euros por un accidente laboral durante la ejecución de los trabajos. Ambos son considerados por la Fiscalía como responsables civiles subsidiarios junto a la empresa a la que subcontrataron esos trabajos, Contratas y Subcontratas Campello, y para la que trabajaba el operario que resultó gravemente lesionado, según el escrito de acusaciónal que ha tenido acceso este diario.

En el banquillo se sientan dos responsables de esta última empresa a quienes se les imputa de un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso por un delito de lesiones por imprudencia. Los dos acusados son la gerente y administradora de esta mercantil, M. S G. N., así como un asistente para la organización de las tareas en las vías férreas, J. I. A.O. El fiscal no ha considerado probado que el coordinador de seguridad de las obras tuviera responsabilidad en los hechos y no le imputa delito alguno.

Un juzgado de lo Penal de Alicante enjuiciará la próxima semana el trágico accidente durante los trabajos de desescombro del tramo del tranvía entre la estación del Mercado de Alicante y la Finca Adoc. Los hechos ocurrieron el 7 de marzo de 2007. El operario manejaba una máquina tipo Dúmper de cuatro toneladas de peso para trabajar en el desescombro cuando se quedó, a causa de una mala maniobra, sin tracción y sin posibilidad de frenar en un tramo en pendiente y sin topes, deslizándose por las vías a cada vez mayor velocidad. Todo ello a pesar de que el aparato contaba con un sistema para adaptarse a los raíles. El trabajador, presa del pánico, saltó del aparato en marcha y se golpeó en la cabeza sufriendo graves lesiones cerebrales que le dejaron confinado en una silla de ruedas de por vida, con la supervisión constante de una persona y aquejado ataques psicóticos.

La investigación desveló que el trabajador no estaba cualificado para manejar esa máquina y no se le debería haber permitido ponerse a los mandos de la misma. El trabajador fue contratado dos meses antes con la categoría de peón vigilante y acreditó estar cualificado para guiar excavadoras de hasta 3,5 toneladas de peso.

Según el escrito de acusación, en el contrato firmado entre la mercantil y la UTE Ortiz-FCC para el desarrollo de los trabajos no se hacía constar nada específico sobre el uso del Dúmper sobre las vías. El fiscal señala que para su manejo era necesario un programa de formación y que el segundo de los acusados había estado con la víctima y sabía que éste efectuaba mal la maniobra, sin seguir las instrucciones de seguridad que daba el fabricante, dejándole solo con la máquina.