El poder del perdón. Un juzgado de lo Penal de Alicante absolvió ayer in voce a un acusado de haber grabado a su nuera con un teléfono móvil en el cuarto de baño después de que ella le perdonara, según confirmaron a este diario fuentes cercanas al caso. El hombre se enfrentaba a penas de tres años de cárcel por delitos contra la intimidad y de abuso sexual, así como el pago de dos multas de 3.420 euros y de 3.600 euros respectivamente. Todo ello se desestimó tras la absolución.

La víctima, que era menor de edad cuando ocurrieron los hechos, había renunciado a personarse como acusación particular en este proceso y ayer comunicó al juzgado que había perdonado al acusado. Sólo quería olvidarlo todo y pasar página. Las fuentes consultadas por este diario señalaron que el artículo 201.3 del Código Penal establece que en los delitos contra la intimidad «el perdón del ofendido o de su representante legal extingue la acción penal», motivo por el que el juez suspendió el juicio ayer para absolver al acusado allí mismo.

Los hechos ocurrieron entre el 3 y el 10 de abril de 2014 en el domicilio del acusado. La víctima era la novia de su hijo, que contaba con 17 años. Según el escrito de acusación, el procesado aprovechaba los días en que ésta se quedaba en el domicilio para colocar dentro del dosificador del ambientador la cámara del teléfono móvil. El dispositivo estaba orientado hacia el inodoro y hacia la ducha.

De esta manera, el acusado obtuvo imágenes de ella cuando se encontraba haciendo sus necesidades fisiológicas, así como cuando se duchaba y salía desnuda. En el juicio estaba prevista la proyección de las imágenes obtenidas con el teléfono, motivo por el que el juzgado había acordado que se celebrara a puerta cerrada a fin de garantizar la protección de la intimidad de la víctima, que estaba considerada como especialmente vulnerable.

El escrito de acusación también recogía otros hechos que se han quedado en nada, como que un mes antes del incidente de la cámara el acusado había dado un beso en la boca a la menor sin el consentimiento de ésta. Pocos meses antes, en las navidades de 2013, el procesado la habría regalado un conjunto de ropa interior (braga y sujetador). En abril de 2014, el hombre la había dicho que su sueño era que se pusiera ese conjunto cuando estuviera solas con él.