La Audiencia de Alicante ha absuelto a un hombre que estaba acusado de la violación de su hijastra en Calp y que le denunció ocho años después, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El hombre, que estaba defendido por la abogada Catalina Alcázar, se enfrentaba a una penas cercanas a los quince años de prisión, aunque sólo estuvo encarcelado los días en que se le detuvo tras la denuncia y negaba cualquier tipo de abuso sobre la menor. La Audiencia no ha considerado probada la denuncia, donde la principal prueba era el testimonio de la víctima. La Audiencia ha encontrado «vacilaciones y contradicciones» por parte de la testigo y la falta de pruebas objetivas que avalen su testimonio.

La joven denunció ante la Guardia Civil de Calp cuando tenía 25 años de edad que el que fue compañero sentimental de su madre estuvo abusando de ella durante un largo periodo de tiempo, desde que tenía seis años hasta que cumplió los diecisiete. Durante ese tiempo, aseguró que el acusado la llevaba a casa de su madre para hacerle tocamientos mientras se quedaban solos. Asimismo, señaló que durante ese periodo de tiempo llegó a penetrarla vaginalmente, en una o dos ocasiones.

La Audiencia ha encontrado insuficientes las pruebas contra el acusado, ya que sólo estaba la declaración de la víctima. Los jueces señalan que ante la Guardia Civil, la víctima hablaba de dos penetraciones y al día siguiente en el juzgado dijo que sólo recordaba una; mientras que en el juicio aseguró que fueron dos. La sala descarta que hubiera móviles espurios por parte de la víctima para denunciar a su padrastro». Sin embargo, considera que no hay respaldo objetivo de las acusaciones y las declaraciones de la víctima presentan graves ambigüedades y contradicciones» y que en cada declaración ha ido cambiando tanto el lugar donde ocurren las supuestas penetraciones, como la edad que ella tenía. «Las vacilaciones y contradicciones son plenamente explicables dado el largo lapso de tiempo que intenta rememorar», señala el fallo, pero a continuación añade que las penas a las que se enfrenta el acusado suman casi 14 años de prisión y el Derecho Penal obliga a absolver si el tribunal no tiene plena certeza de los hechos. La víctima presentaba un trastorno de estrés postraumático, pero la Audiencia incide en que se desconoce la causa del trauma.