Una juez de Alicante ha absuelto a un vecino de una partida rural que cultivaba marihuana en su casa con fines terapéuticos, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La magistrada no ha encontrado probado que el hombre se dedicara al tráfico de drogas y concluye que el único motivo por el que las dos plantas se encontraban en la casa era para que tanto el acusado como su esposa mitigaran los dolores por las dolencias que padecían. También la juez valora la escasa cantidad de marihuana intervenida que ni siquiera estaba seca ni preparada para su venta. La Fiscalía reclamaba por un delito contra la salud pública una pena de un año de prisión. De todas maneras, la sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

Los hechos ocurrieron el 30 de septiembre de 2011 en una vivienda de la partida alicantina de Verdegás donde la Guardia Civil detuvo a un joven que huía tras haber entrado a robar en un chalé. El fugitivo llevaba una mochila en la que ocultaba plantas de marihuana y éste explicó a los agentes dónde las había conseguido. Los agentes comprobaron que las plantas podían verse desde la calle y procedieron a la detención del acusado, que les entregó voluntariamente las dos plantas que tenía en la casa. La droga intervenida tenía 1.120 gramos de peso y una pureza del 7,4 por ciento, según declara probado el fallo.

El acusado sostenía en el juicio que la marihuana era para consumo propio, tanto de él y de su mujer y que usaban con fines terapéuticos. Según su versión, que la juez declara probada en la sentencia, jamás vendieron la droga y se consumía por ellos mismos para tratarse el dolor. Él para aliviar los dolores por un cáncer de huesos; mientras que su esposa para sus problemas de hernia discal. El acusado alegaba que apenas llevaba dos o tres meses plantando marihuana y que era para un consumo temporal. El hombre había tenido recomendaciones para que fumara y así evitar los dolores que le ocasionaba su enfermedad. Para acreditar que no vivía de la venta de droga incidió en que desde el año 2006 tenía una empresa de construcción, por lo que la droga no era su manera de ganarse la vida. En idénticos términos se explicó también la esposa, que alegó que para tratarse los dolores de la hernia discal había empezado a tomar otros medicamentos, pero le recomendaron el uso de la marihuana. Ambos aseguraron que los dolores sufridos eran muy fuertes y que fumar la droga les ayudaba a aliviarlos.

La sentencia recuerda que el mero cultivo de la marihuana no constituye un hecho delictivo y no es delito el autoconsumo.

El fallo incide en que tanto el acusado como su esposa han mantenido siempre la misma versión desde el momento en que los agentes de la Guardia Civil se personaron en su domicilio, sin que se hayan detectado contradicciones sustanciales en su testimonio. De esta manera, la juez recuerda que los propios guardias civiles señalaron en la vista oral que ésa fue la explicación que les dio el procesado cuando llamaron a su puerta. Asimismo, la juez subraya que las plantas eran perfectamente visibles desde la calle y no estaban ocultas, sino en el jardín de la finca. En el registro de la casa, los agentes de la guardia civil no encontraron indicio alguno de que sus habitantes se estuvieran dedicando al tráfico de drogas, ni instrumentos, ni operaciones de venta. Los propios agentes llegaron a declarar durante la vista que no les dio la impresión de que el acusado se dedicara a traficar con drogas.

Por todo ello, concluye la juez que no existen indicios suficientes para llegar a la conclusión de que la intención del acusado fuera comercializar la marihuana que cultivaba. La sentencia insiste en que la intervención se realiza tras la detención de un joven que había robado las plantas y a quien un vecino había visto saltar la valla del chalé, «no porque hubiera una investigación, vigilancia o seguimiento con respecto al acusado». La magistrada también tiene en cuenta las circunstancias personales y laborales del acusado que desde el año 2006 tenía una empresa de construcción y siempre ha contado con empleo estable. Finalmente, la sentencia valora la escasa cantidad de marihuana encontrada, que se limitaba a dos plantas que ni siquiera estaban cortadas ni preparadas para su venta. Las que se intervinieron al ladrón estaban verdes y las que entregaron voluntariamente el acusado estaban todavía plantadas en el jardín. Por todo ello, la juez entiende que el delito no ha quedado probado por lo que procede a una sentencia absolutoria.