Un magistrado ha disuelto hoy un jurado popular antes de que éste emitiera un veredicto y ha absuelto a los dos acusados de un crimen cometido en La Mata, en término de Torrevieja en enero de 2003 por la ausencia total de pruebas. Así ha informado el abogado defensor, José Pedro González Rubio.

El juez José de Madaria, de la sección séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede desplazada en la ciudad de Elche, ha aplicado el artículo 49 de la Ley del Jurado, que permite disolver el tribunal ciudadano y exculpar a los reos de un delito cuando no exista prueba de cargo alguna contra otra ellos.

El magistrado, que preside el citado tribunal y era el ponente del procedimiento, ha dictado su resolución 'in voce', una decisión que, según el letrado mencionado, no tiene precedentes en la provincia alicantina.

El caso se remonta al 24 de enero de 2003 cuando la víctima, un profesor ya jubilado de Elda, fue atropellado intencionadamente a la salida de un restaurante por los ocupantes de un vehículo que se dio a la fuga.

Tres años después, en marzo de 2006, la Guardia Civil detuvo como presuntos autores del homicidio a la compañera sentimental del fallecido y a un hijo de ambos, para los que la Fiscalía ha mantenido hoy su petición inicial de sendas penas de 20 años de cárcel por un delito de asesinato.

Los procesados, M.Ll.S., y su madre, D.S.F., se encontraban en libertad provisional por estos hechos y el juicio con jurado contra ellos ya había sido suspendido en dos ocasiones, la primera por la incomparecencia del abogado de la acusación particular y la segunda, en junio de este año, por un error en la instrucción de la causa.

Esta vez, la vista oral, prevista para cinco días, se inició el pasado lunes y ha concluido hoy, sin que el jurado reciba el objeto del veredicto y llegue a pronunciarse sobre la culpabilidad o inocencia de los procesados por decisión del ponente, que dictará la correspondiente sentencia en unos días.

Previamente, madre e hijo habían reiterado en sus respectivas declaraciones su inocencia, según González Rubio.

El letrado ha considerado que la absolución de sus clientes respalda la tesis que él había esgrimido "desde el principio" del proceso, es decir, la "ausencia total de pruebas de cargo y la existencia de pruebas de descargo que deberían haber evitado que se llegara a juicio".

El defensor ha explicado que sus clientes han roto a llorar y han comenzado a abrazarse entre ellos y con sus familiares al escuchar de voz del juez de que eran exculpados, "pues han liberado toda la tensión acumulada después de diez años".