Un hombre ha sido condenado a tres años de prisión por intentar matar a su hermano de una cuchillada en el pecho en una discusión ocurrida en la vivienda familiar, en la localidad de Alcoy.

La sentencia, hecha pública hoy, recoge que los hechos sucedieron durante la madrugada del pasado 15 de marzo, cuando el condenado, M.F.B., llegó a casa en estado de embriaguez, comenzó a forcejear con su hermano y le clavó un cuchillo de cocina.

La víctima cayó al suelo, se golpeó la cabeza y quedó inconsciente, momento en que el propio agresor llamó a una ambulancia y acompañó después a su hermano hasta un hospital.

Dos policías nacionales acudieron al centro hospitalario tras haber sido requeridos por el personal sanitario y se entrevistaron con el sospechoso, quien confesó lo que había ocurrido.

En concreto, según recoge el fallo de la sección décima de la Audiencia de Alicante, les dijo que se le había "ido la cabeza" y había pegado "una mojá" a su hermano, que había "ido a matarlo, a apuñalarlo en el corazón" porque estaba "hasta la polla de él".

Con posterioridad, los agentes lo detuvieron y se trasladaron hasta la vivienda familiar, donde el acusado, que está en prisión preventiva desde entonces, les mostró el cuchillo que había utilizado en la agresión.

El condenado admitió durante el juicio celebrado que acuchilló a su hermano durante un forcejeo, aunque alegó que no quería hacerle daño y adujo que la víctima también le había amenazado con otro cuchillo.

La fiscalía solicitó para M.F.B. una pena de seis años y medio de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa, aunque el tribunal le ha absuelto de esta figura penal y le ha condenado a tres años de cárcel por un delito de lesiones con agravante de parentesco y atenuante de embriaguez.

Los magistrados admiten que el acusado tenía intención de matar a su hermano, dados los medios empleados en la agresión y la localización de la herida cerca del pulmón izquierdo, aunque ésta no fuera muy profunda ni llegara por ello a generar "un riesgo vital efectivo".

Sin embargo, aplican al reo una excusa absolutoria prevista en el Código Penal para casos en que se da un "desestimiento" del agresor durante el ataque, así como la jurisprudencia del Tribunal Supremo, y le absuelven del delito de intento de homicidio.

En este caso, argumentan, el procesado reaccionó y realizó voluntariamente "actos para evitar el resultado que cree haber causado o puede llegar a producirse de no intervenir los medios sanitarios", al llamar a los servicios de emergencias e intentar reanimar a su hermano.

De cualquier modo, el tribunal ha condenado al acusado por el delito de lesiones que sí se consumó y, además de la pena de cárcel, le ha impuesto una orden de alejamiento de cuatro años respecto al perjudicado y la obligación de indemnizarle con 1.600 euros.