La Audiencia de Alicante ha revocado la sentencia absolutoria de un juzgado de Instrucción de la ciudad y ha dictaminado que viajar sin billete en el tranvía constituye una falta de estafa, por lo que ha condenado al pago de una multa a la acusada.

Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) denunció el pasado mes de febrero que, en noviembre del año anterior, una viajera había sido sorprendida en uno de sus trenes TRAM sin el correspondiente título de transporte. El Juzgado de Instrucción 6 de Alicante absolvió a la mujer al considerar que no había tenido que «engañar a nadie» para hacerse transportar de forma gratuita, resolución que la Fiscalía recurrió en apelación.

Una magistrada de la Sección Segunda de la Audiencia estimó ese recurso y condenó a la viajera a pagar 180 euros como autora de una falta de estafa, conforme a la anterior legislación en esta materia penal. La nueva sentencia, fechada el pasado 3 de noviembre y facilitada ayer por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), recoge que la empresa transportista pone a disposición de los usuarios «sus medios materiales y humanos en asunción de que quien los utiliza ha adquirido previamente el billete correspondiente».

Por tanto, expone, «quien se sube a un tren sin abonar el billete está asumiendo una apariencia de haberlo comprado previamente, puesto que nadie puede ignorar que ello es un requisito necesario y previo a tal utilización», continúa.

La magistrada añade que los pasajeros que viajan gratis se «prevalen» de que la empresa solo controla «ocasional y aleatoriamente» la adquisición de los billetes con la esperanza de no ser sorprendidos, y recuerda que la jurisprudencia ha establecido ya en «numerosas resoluciones» que estos hechos constituyen una falta o delito de estafa en función del importe defraudado. Recientemente la Audiencia de Alicante ya confirmó otra condena de una juez de Dénia por el caso de otro pasajero que fue sorprendido en el tranvía sin haber adquirido los billetes.