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Sandra Peinado

«Hay quien pide la custodia compartida por no pagar la pensión y eso no siempre es así»

«La ley que tenemos en esta Comunidad favorece que se conceda», analiza la jueza.

«Hay quien pide la custodia compartida por no pagar la pensión y eso no siempre es así»

¿Sigue habiendo recelos hacia la custodia compartida?

Conozco los datos de Elche, donde he estado diez años, y allí hay un nivel importante de solicitudes. Los letrados no tienen reticencias a pedirlo y la ley que tenemos en esta Comunidad favorece que se conceda. A veces, creo que es una táctica con vistas a la negociación de todas las medidas globales que se van a pedir y no siempre se mantiene hasta el final. Hay una creencia entre particulares de que quien tiene custodia compartida no debe pagar pensión de alimentos y eso no es así. Si el nivel económico entre los padres es muy diferente, sí que se va a fijar una manutención.

¿Es aplicable la custodia compartida a todos los casos?

No siempre se pide y no es conveniente en todos los casos. Si la medida no es beneficiosa para el menor, no se va a dar y ése es el criterio que voy a mantener.

¿Era su juzgado en Elche el que más custodias compartidas daba de España?

La cifra exacta no la sé, pero es posible. En la Comunidad tenemos una ley que nos está diciendo que, por norma general, el régimen a aplicar es la custodia compartida, por lo tanto la posición de partida es distinta al resto de España. Con la particularidad de que en Elche hay una tendencia altamente favorable a concederla por parte de la Audiencia. Más que en mi juzgado. Había casos en los que yo denegaba la custodia compartida que luego ha revocado la Audiencia. Si no lo somos, debemos ser de los que más la dan, aunque no se llega ni al 50%. Las últimas estadísticas que he visto hablaban de un 30%.

¿La custodia compartida se debe imponer o debe haber consenso?

No estoy de acuerdo en que baste que uno de los dos se oponga para que no se aplique. De hacerse así, sólo con que la madre dijera que no, se bloquearían todas las peticiones. Hay que valorar el grado de conflicto entre los progenitores.

¿Puede tener la custodia un maltratador de los menores aunque esté condenado o imputado?

En el caso de que haya un maltrato al menor o abusos sexuales, como juez jamás me pondría en riesgo de otorgar un régimen a esta persona. Ya veríamos qué tipo de relación ha de mantenerse, si es que ha de mantenerse con este progenitor. No siempre se suprime todo contacto, para eso existen los puntos de encuentro. Otra cosa distinta es en el caso del maltrato a la madre porque estamos hablando de un abanico de infracciones penales muy amplio. Desde un insulto o amenazas, que a veces vienen de la separación, a casos de verdadera violencia física. En caso de faltas menores, eso no determina que esta persona sea un mal padre.

¿Siguen usándose los hijos como arma arrojadiza en los procesos de divorcio?

La cuestión económica sigue estando detrás de muchos de estos procesos. Con amenazas de "si no bajas la pensión, voy a pedir la compartida", o "si no te vas de la casa la pediré". El problema principal suele ser la vivienda. Aquellos casos en que no hay ingresos económicos elevados, tener que irse de la casa es un perjuicio importante. Muchas veces sigue pagando la hipoteca y ahora tiene que buscarse un nuevo alojamiento. La Ley Valenciana ha intentado evitar los abusos estableciendo una limitación temporal .

¿Han bajado los divorcios por la crisis?

Puede que al principio sí, pero ahora ya no se ha podido aguantar más y se han vuelto a las cifras de antes de la crisis.

¿Cómo ha encontrado las instalaciones del Palacio de Justicia de Alicante?

Es lamentable que la capital tenga las instalaciones que tiene. Dejando de lado el estado de otros juzgados y centrándome en Familia, creo que se encuentran en una ubicación que no tiene para nada en cuenta las materias que estamos tratando. Ni siquiera cumple con las normas para exploración de menores que entraron en vigor este verano. En el mismo pasillo, están todos los despachos, mezclados con el público, sin intimidad para el menor que tiene que venir a declarar. La sala de vistas es minúscula y en este tipo de procedimientos hay que mantener las distancias, teniendo en cuenta cómo están los sentimientos a flor de piel.

¿Cuáles son las grandes carencias de los juzgados de Familia?

Además de lo que ya he dicho, tenemos una única sala de vistas minúscula para los juicios. Una sala que compartimos entre cinco personas pese a que todos debemos resolver un elevado número de asuntos. En cuanto al equipo psicosocial, tenemos dos psicólogos para cuatro juzgados (los dos de Familia más los dos de malos tratos) y en estos momentos hay uno que se encuentra de baja. La Ley de Relaciones Familiares exige que cuando se pretenda un régimen de custodia individual en vez de compartida se cuente con un informe para ello. No he tenido ocasión de ver aún en el punto de encuentro pero tengo entendido que sus recursos son limitadísimos también.

¿Aunque usted es especialista en Familia, esta semana ha entrado en vigor la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, ¿qué le parece la sustitución del término imputado por el de investigado?

Una sustitución de un término por otro, no creo que tenga especial relevancia más que la formal o de apariencia que pueda tener. Al final, el resultado es el mismo que es una persona implicada en un procedimiento.

¿Y sobre la limitación de las investigaciones a seis meses?

Con la carga de trabajo que tenemos, que nos pongan límites temporales... Para el justiciable deberían haber unos plazos lo más cortos posibles para que se resuelvan rápido sus asuntos, pero es que con la carga de trabajo que tenemos es imposible de cumplir de inicio. No es que no trabajemos, es que con estas limitaciones es imposible.

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